Vivienda turismo alojamiento rural (VTAR) y vecinos quieren cerrarla

Realizada por Fran. 15 ago 2015

Muy buenas, tengo una VTAR en Andalucía, registrada en turismo y en regla.


Se encuentra dentro de una urbanización, son varios chalets de unos 2000-3000 metros cuadrados.


Mis vecinos no quieren que tenga el alojamiento abierto, les molesta el ruido de los perros, les molesta que venga gente y les molesta que haya puesto una VTAR a su lado.


Mis inquilinos no arman ruido, pero es cierto que alguna fiesta me han montado y me han dado que hacer, 1 en un año diría que es el ratio, por supuesto no autorizadas, pero el responsable soy yo.


Ha llegado un punto en que se quejan por todo, por los niños, perros, etc.


He prohibido la música en el alojamiento y les hago firmar a mis clientes muchos documentos para que respeten las normas y ruido. Hasta una vez mandé a dormir a mis clientes a las 2:00 porque hablaban. Me desvivo para que no haya nada de ruido, pero me he dado cuenta que tarde o temprano irán a por mí.


En definitiva quisiera saber hasta qué punto me pueden cerrar el alojamiento porque un perro de mis clientes ladre, un niño dé voces, también le molesta que entre y salga gente cada vez que viene alguien nuevo


Otra cuestión es si puedo tener una VTAR en una urbanización, que me han dicho que no puedo, que debería estar en una zona sin vecinos.


Agradecería toda ayuda posible para hacer las cosas bien y prepararme ante la inminente denuncia. También saber qué tiempo de margen tengo vez me denuncian para actuar


Un saludo

Fran

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Buenas noches,

Si como usted dice, posee todos los permisos para la actividad, no debería tener problemas, a no ser que las molestias sean ciertas y reiteradas, y que además queden acreditadas, por ejemplo que llamen a la policía y los Agentes redacten un atestado en donde se diga que existen tales molestias.

En cualquier caso si la administración decidiera exigir el cese de la actividad, deberán iniciar un procedimiento administrativo y darle plazo para presentar alegaciones, además podría recurrir la resolución en vía administrativa y también en los juzgados,

Estimo que usted está haciendo lo correcto, sobre todo haciendo firmar a los clientes las normas de convivencia, a modo de acreditar su diligencia en el cumplimiento de las normas municipales.

reciba un cordial saludo.

González & San Millán Abogados Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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