Violencia de género

Realizada por geronimo. 30 ene 2014

No sé qué hacer... discutí con mi esposa y llamó al 112, me detuvieron y pasé a juicio rápido, a los tres días me citaron, y fui condenado, cómo no con la orden de alejamiento correspondiente, mi abogada de oficio me aconsejó que no firmara la sentencia, diciéndome que probablemente mi esposa se lo pensaría y retiraría la denuncia. En el próximo juicio que se celebrará dentro de dos meses, ya han pasado 6 desde ese lamentable hecho, mi pregunta es: ¿por qué no se divorcia de mí?, y que conste que yo no lo quiero, pero tampoco se lo negaría, no la he visto más desde que ocurrieron los hechos, ni sabemos nada el uno del otro, pues cumplimos la orden de alejamiento al 100%. No he tenido antecedentes hasta ahora, tengo 46 años, pienso que lo mejor sería declararme culpable ya y evitar volver a pasar por lo mismo, por ella y mis hijas, ¿qué me aconsejan? Gracias por todas sus informaciones y consejos.

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Buenas tardes:
Lamentamos su caso, es muy habitual, como ya sabrá.

En cuanto al tema del divorcio, ignoramos completamente las motivaciones de su todavía esposa, pero nuestra recomendación es que sea Ud. quien de el paso y presente demanda de divorcio, sobre todo si existen hijos y/o bienes comunes, por el bien de todos. Si la relación se ha enrarecido hasta llegar hasta este punto, no tiene sentido forzar su continuación.
En cuanto al tema penal, entiendo que en su caso lo que sucedió es que se le convocó a un juicio rápido y al no aceptar Ud. de conformidad la condena solicitada, NO ha sido aún condenado, tan sólo se le ha impuesto la orden de alejamiento y estaría Ud. a la espera de que se celebre el juicio.
A nivel personal, Ud. tiene que ponderar cuanto le puede suponer volver a prestar declaración, volver a escuchar declarar a su señora (de un lado de la balanza) con el sufrimiento que le puede ocasionar saber que es inocente y ha sido condenado (en el otro lado), con los consiguientes antecedentes penales y etiqueta de "maltratador".
Sepa que puede defenderse y que asumir el "atropello de sus derechos constitucionales" que supone en muchos casos los procesos de este tipo es algo a lo que esta sociedad parece haberse acostumbrado en detrimento de la propia sociedad.

Aún en el caso de que finalmente sea condenado, si la pena es inferior a 2 años y Ud. no dispone de antecedentes penales, no va a ingresar en prisión. En cualquier caso (tanto si acepta un trato de conformidad con el Fiscal o si el juicio se celebra y es condenado), el tiempo de suspensión de la pena va a ser un mínimo de 2 años (tiempo durante el cual si Ud. volviera a delinquir tendría que cumplir la nueva condena pero también la primera que estaba suspendida).

Esperando haberle sido de utilidad y quedando a su disposición.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Buenas tardes,

Declararse culpable no siempre es la mejor opción, pero para asesorarle adecuadamente habría que examinar detenidamente todo lo que consta en los autos y las pruebas que contra usted se tiene; no obstante, la condena o absolución depende de la libre valoración que de las mismas haga el juez que le vaya a enjuiciar. Siempre puede llegar a una conformidad con el Ministerio Fiscal antes de celebrar juicio y llegar a un buen acuerdo en cuanto a la pena a imponer. A su disposición para lo que precise. Un saludo.

VIGIOLA ABOGADAS. Abogado en Bilbao

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Tiene varias alternativas, y su razonamiento es una de las soluciones aunque no la más recomendable, me pongo a su disposición, llámeme y lo comentamos.

Anónimo-163955 Abogado en Sabadell

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