Venir a mejor fortuna cuando el proceso judicial está aún abierto

Realizada por mercurio. 31 oct 2016 Herencias

Comunidad de Madrid


Mi duda es si tú solicitas justicia gratuita y te condenan a pagar costas del juicio y estado abierto el proceso judicial, heredas un piso sujeto al artículo 28 con limitación hipotecaria, ¿pueden reclamarme estas costas por haber pasado a mejor fortuna?

Teniendo una discapacidad del 58% y una pensión de 700 euros

Y si quiero apelar, ¿lo tendría que hacer con un abogado privado?

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La Asistencia Jurídica Gratuita depende de su capacidad económica, que suele implicar no superar en dos veces el IPREM

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Para acceder a la Justicia Gratuita hay que reunir una serie de requisitos de falta de capacidad económica que se traducen en no superar los siguientes límites del IPREM:
Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (En 2016 12.780,26 €)
Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en algunas de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros. (En 2016 15.975,33 €)
El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros. (En 2016 19.170,39 €)

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Buenos días, le pueden solicitar el pago de costas hasta 3 años después de finalizado el procedimiento, si cuenta con mejor fortuna que la inicial a la hora de solicitar la Justicia Gratuita. No obstante, para conocer si estaría dentro de ese rango, necesitaríamos tener más datos.
Puede contactar con nosotros en los datos indicados en nuestro perfil.
Un saludo y buen día.

Hinode - Maria Garcia Ibañez Abogado en Burlada/Burlata

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