Mi abuelo Froilán falleció sin hacer testamento y dejó como descendientes a sus hijos Mauro y Bernarda y a ocho nietos, de los cuales dos son hijos de Mauro, cinco de Bernarda y uno de su difunto hijo Abel, fallecido cinco meses antes que él.
1) De la herencia, ¿a qué partes tendrían derecho tanto sus hijos como sus nietos?
2) La misma pregunta anterior, pero en el caso de que Mauro repudiase la herencia.
3) Igual que la primera pregunta, pero en el supuesto de que repudiasen tanto Mauro como Bernarda.
4) ¿Y si viviese Abel y hubiesen repudiado la herencia de su padre los tres hermanos?
Mil gracias, soy uno de los nietos y quiero que todo se haga bien.
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Buenos días Alejandro,
Lo primero al no existir testamento es solicitar la declaración de herederos vía judicial.
Podemos encargarnos de todo el procedimiento y de brindarle un asesoramiento personalizado.
Visite nuestra web y redes sociales si desea conocernos.
Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid
Si su abuelo no ha otorgado testamento lo primero que hay que realizar es una declaración de herederos abintestato. Todos los herederos tienen derecho a recibir la misma parte ya que no hay testamento y por tanto, todos heredan por partes iguales. La parte de los hijos que han fallecido antes del causante pasan a los nietos, es decir éstos ocupan el lugar que tendría su padre si hubiera vivido. En cuanto a la renuncia de la herencia, si el heredero renuncia su parte acrece a los demás herederos en la parte que legalmente le corresponda en la herencia. Puede consultarnos si tiene más dudas dado que es un tema complejo y habría que conocer todos los detalles para poder darle una respuesta más concreta.