Valor excesivo de la vivienda
Buenas, nos gustaría pudieran asesorarnos como continuar en el asunto que paso a comentarles.
En Cartaya se realizó una promoción de 8 viviendas de VPO en régimen de autoconstrucción. El convenio entre la
Junta y Ayuntamiento se firmó en octubre del 2001. A fecha de hoy las viviendas no están entregadas formalmente pero si están habitadas.
La junta sube el precio inicial según informaciones iniciales, las viviendas están dentro del III plan andaluz de vivienda protegida y no pueden superar los 12.020,24 euros. El Ayuntamiento no quiere terminar de reparar los defectos de la vivienda.
En la última reunión se nos dice de firmar contrato el 1 de julio del corriente. Perderíamos nuestro derecho a reclamar. En dicho contrato se nos dice de abonar los gastos de notario, según el artículo 1455 del Código Civil, si no se llega a un acuerdo debe de abonarlos el vendedor y el comprador la primera copia y siguientes.
En estos momentos estamos perdidos no sabemos cómo deberíamos de continuar no sabemos si existen otros medios que no sean los jurídicos, sabemos que el final será ese, pero quisiéramos saber que parte de razón llevamos antes de llegar a ese extremo.
Atte. Vecinos de Cartaya