Hola. Quería comentar mi caso a ver si alguien puede ayudarme, por favor. Somos dos hermanos, yo soy heredero y mi hermano simplemente es legitimario. La herencia de mi madre es únicamente una casa y algo de dinero. Para saber la legítima que le corresponde a mi hermano, no sé cómo se valora la casa, es decir, ¿se coge el valor catastral, el valor a efectos del impuesto de sucesiones? Muchas gracias.
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Estimado Esteban:
Dependiendo de la comunidad autónoma el valor se calcula de manera diferente, se coge como referencia el valor catastral y se multiplica por el coeficiente corrector. Puede verlo en google metiendo "valor inmueble" y seguidamente su provincia.
Espero haberle ayudado, quedamos a su disposición para lo que necesite, nuestro despacho es especialista en Derecho de Sucesiones. Saludos.
El valor que se tiene que tomar como referencia a efectos del Impuesto de Sucesiones suele ser el valor de mercado o, cuando menos, un valor que sea superior al valor mínimo que se establece por la Comunidad Autónoma para el Impuesto de Sucesiones, ya que, si el valor que se declara es inferior, le harán una "complementaria" y tendrá que abonar la diferencia con los intereses que procedan. Si desea que le asesoremos sobre cómo liquidar y que le redactemos incluso la declaración a presentar, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.