Usufructo de vivienda familiar tras fallecimiento de cónyuge

Realizada por Juan Alvarez. 10 ago 2015

Buenos días.

Mi madre falleció en 2007 sin haber realizado testamento.

Mi padre (viudo) aún vive. Somos tres hermanos (descendientes). No hay más descendientes ni ascendientes.

En régimen de gananciales mi padre y mi madre adquirieron una vivienda en la Comunidad de Madrid. Esta vivienda, a día de hoy, mi padre ha decidido ponerla en alquiler ya que no hace uso de la misma.

Los hermanos solicitamos nuestra parte proporcional de la cuota del alquiler en función de los porcentajes de usufructo que nos corresponden.

Mi padre se niega y dice tener en su poder un documento notarial realizado tras la muerte de mi madre que dice que le corresponde el 100% del usufructo de la vivienda y, por ende, toda la cuota percibida del alquiler.

Ninguno de los hermanos tenemos copia de ese documento.

¿Es posible que exista dicho documento?. Tenemos entendido que si la fallecida no hizo testamento, legalmente le corresponde al viudo un 50% (de su parte) más 1/3 de mejora (de la parte de mi madre) en usufructo. ¿Es correcto?


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Dudo mucho de que exista un documento de ese tipo, sinceramente. Sus calculos son acertados. Hay que tener en cuenta que el porcentaje de usufructo vidual que le corresponde a su padre puede materializarse en una cantidad por la que puede asignarsele un bien o porcentaje de un bien. Pero , independientemente de ello, eso tiene que hacerse mediante una adjudicacion de herencia en la que ustedes tienes que formar parte y estar de acuerdo .

Manuel Rodríguez Ríos​ Abogado en Oviedo

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Buenos días Juan,
Si estáis seguros de que no hay testamento (con certificado de actos de última voluntad), podéis solicitar la partición de los bienes y que se establezca ante Notario (si hay acuerdo entre todos) o en un procedimiento judicial (si no hay acuerdo) a quién le corresponde cada parte de los bienes.
Es correcto el cálculo que haces, en Madrid.
Un saludo,
Marina.

De Bem Abogados Abogado en Madrid

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