¿Tiene derecho a viudedad?
Con 21 años de casados, divorciados, sin pensión compensatoria... ¿tiene derecho a viudedad? ¿Qué porcentaje?
Con 21 años de casados, divorciados, sin pensión compensatoria... ¿tiene derecho a viudedad? ¿Qué porcentaje?
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Para poder darle una respuesta a su caso concreto sería necesario saber en qué fecha se dictó la Sentencia de divorcio, ya que esta es una cuestión que ha tenido varias reformas legales en los últimos años.
Actualmente, para tener derecho a una pensión de viudedad, es necesario que no se haya contraído nuevo matrimonio o constituido una pareja de hecho y tener establecida una pensión compensatoria.
A partir de 01-01-2010, en el supuesto de que la cuantía de la pensión de viudedad fuera superior a la pensión compensatoria, aquélla se disminuirá hasta alcanzar la cuantía de esta última.
Cuando el divorcio es anterior a 01-01-2008, el reconocimiento del derecho a la pensión de viudedad no quedará condicionado a que la persona divorciada judicialmente sea acreedora de pensión compensatoria siempre que:
Entre la fecha del divorcio y la fecha del fallecimiento del causante, no hayan transcurrido más de 10 años.
El vínculo matrimonial haya tenido una duración mínima de 10 años.
Además, se cumpla alguna de las condiciones siguientes:
*o la existencia de hijos comunes del matrimonio;
*o que el beneficiario tenga una edad superior a los 50 años en la fecha del fallecimiento del causante.
Atte.
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