Tengo una ex que me debe 60.000 euros, ¿puedo reclamarlo?
Realizada por UserAnon. 6 may 2013
Solo tengo mails de confirmación de la deuda, de cómo me la va a pagar, reclamaciones de la misma, ingresos de la misma por su parte durante algunos meses, ¿es posible conseguir algo? Esta mujer me ha arruinado y no tengo dinero para reclamar esto... estoy buscando un abogado que vaya a resultado, una vez conseguido me da igual pagar lo que sea.
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¿Dónde debo hacer esta gestión y cómo? Sería muy importante para mí. ¿Y qué pasa una vez hecha esta gestión, cuál es el siguiente paso? Y si ustedes conocen algún abogado que vaya a resultado en un caso como este por favor...
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8 respuestas
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Buenos días Helios,
Si pasan los tres años y no ejecutas, no podrás volver a solicitar ese importe puesto que tu derecho a "caducado". Para que me entiendas, es como si hubieras perdonado esa deuda por el paso del tiempo.
Pero, si en el plazo de tres años desde que te debió abonar el dinero, o desde que la reclamaste de forma fehaciente (que se pueda demostrar en un Juzgado) también "caducará" la deuda.
Por ello, acude al Colegio de abogados o al Juzgado más cercano y solicita el derecho a la Justicia gratuita, para que te asignen un abogado que te lleve el tema de forma gratuita para tí, y en caso de que te denieguen ese derecho, sigue buscando algún abogado de tu zona que te permita al menos el pago aplazado, permitiendo que le pagues en pequeñas cantidades hasta el momento en el que cobres tu deuda y puedas pagarle el resto. En estos tiempos muchos abogados estamos admitiendo esa forma de pago, pues somos conscientes de que nuestros clientes no pueden abonar nuestros honorarios si no les damos facilidades para el pago.
Jenifer, y por último... si pasan los tres años y no he solucionado el tema con un abogado y procurador porque sigo sin poder reunir el importe solicitado, ¿qué pasaría? ¿Podría volver a realizar toda la operación nuevamente? Gracias.
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Buenos días Helios,
En el caso de que ella no se oponga ni pague, y no dispongas de dinero para poder pagar los honorarios de abogado y procurador que ejecute el Decreto que dicten en el Juzgado, te aconsejo que acudas al Colegio de Abogados del lugar en el que interpongas el monitorio, allí te podrán informar de cómo funciona la Justicia gratuita y podrás solicitarla para beneficiarte de un abogado y un procurador de forma gratuita, siempre y cuando cumplas los requisitos establecidos, de los que te informarán allí también.
En caso de que no pudieras acceder a la justicia gratuita no pasa nada, tendrías tres años para poder ejecutar ese decreto, por lo que podrías esperar un poco hasta que la cosa mejore y puedas pagarlo.
Quedo a tu disposición para cualquier duda o consulta.
Un saludo.
Jennifer Alarcón.
Buenos días:
Para iniciar la reclamación no es preciso ni obligatorio Abogado, solo debe rellenar un impreso que le facilitan en los juzgados para un PROCESO MONITORIO, en éste rellenará sus datos personales y el objeto de la reclamación y cantidad acompañando el documento o sentencia en la que se base la reclamación.
Un saludo.
Buenos días Jenifer. Y mi última pregunta, si pongo este monitorio en el juzgado y no acepta o no se presenta y pasa esto a juicio... si en ese momento no tengo dinero para abogados y procurador, ¿qué pasaría? Porque quiero reclamar el dinero ya, pero no dispongo para abogado ni procurador, gracias por tu ayuda... de corazón.
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Buenos días,
Esta gestión habrás de hacerla en el Juzgado del lugar donde viva tu ex, o el del último domicilio que le conozcas. Simplemente ve al Juzgado y pregunta allí, te darán un formulario que podrás rellenar tú mismo, contando los hechos, la cantidad que te debe y aportando la documentación de que dispongas (copia de los mails, certificado de movimientos bancarios dónde se reflejen los ingresos, y todo lo que tengas además de esto)
Después, si el procedimiento monitorio es admitido se le reclamará el pago a tu ex, dándole 20 días hábiles (lunes a viernes, excepto festivos) para pagar u oponerse.
En el caso de que ni siquiera aparezca por el Juzgado, pasados esos 20 días el Secretario judicial dictará un decreto en el que dará por terminado el procedimiento monitorio, y este documento será ejecutable. Para ejecutarlo sí necesitarás abogado y procurador.
En el caso de que pague, pues igual se dará por terminado el procedimiento por el pago.
En el caso de que se oponga a pagar diciendo que la deuda no existe o que no debe esa cantidad, pues se dará por terminado el procedimiento, y habrá de celebrarse un juicio en el que se juzgue si efectivamente se debe esa cantidad o no o si la deuda existe o no, para lo que también necesitarías abogado y procurador.
Para cualquier duda o consulta estaré encantada de atenderte, un saludo.
Jennifer Alarcón
Abogada
La demanda inicial de proceso monitorio tiene que presentarla en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a la localidad donde reside la deudora.
Normalmente en el Juzgado disponen de unos formularios para, una vez cumplimentados, presentar esa petición de monitorio.
No obstante, sería conveniente que contactara con un abogado al objeto de que examine la documentación, ya que posteriormente le será necesario para solicitar la ejecución, o en caso de que la deudora se oponga al proceso monitorio.
Puede presentar una demanda de proceso monitorio reclamando la deuda aportando como medio de prueba de su existencia, el reconocimiento de la misma que consta en los e-mails.
La petición inicial de proceso monitorio no precisa la intervención de abogado ni de procurador.