Tengo un juicio pendiente contra la guardia civil, ¿qué puedo hacer?

Realizada por Violeta. 28 abr 2015

La cosa fue que para aquel entonces yo no pasaba por el mejor momento de mi vida y una noche salí con una amiga para despejarme, acabamos bebiendo demasiado y a mi amiga le robaron el bolso. Fuimos al cuartel a poner una denuncia y yo entré con el vaso :(


Un agente me dijo que me fuera, que no podía estar dentro con eso y yo le dije que no me iba hasta que no termináramos, entonces llegó otro guardia y me cogió del brazo y me hizo daño repitiendo muy borde que me fuera. Entonces yo le dije que no, que para qué valía la guardia civil, para hacer daño o para ayudar a lo que el guardia me contestó “cállate puta gorda de mierda”. Entonces yo también le falté al respeto.


Mi amiga alucinando me dijo que me tranquilizara y me saliese fuera. Cuando me iba a salir el guardia me cogió nuevamente del brazo haciéndome daño de nuevo y me dijo que no me iba a ningún sitio, que estaba detenida. Yo intenté irme y nuevamente me hizo daño. Entonces yo le cogí del cuello y le dije que dejara de hacerme daño. Como os podéis imaginar llegaron todos los guardias contra mí, me caí al suelo y me llevaron al calabozo arrastrándome por el suelo.


Yo chillaba que me soltasen, que me hacían daño y ese guardia no paraba de repetir “cállate puta gorda de mierda” a voces. Esa noche la pasé en el calabozo mientras escuchaba a mi amiga decirle repetidas veces que qué clase de trato era ese, hasta que finalmente la echaron.


Yo reconozco que mi comportamiento no fue el correcto, pero ellos como agentes creo que no actuaron cómo debían.


En la denuncia ellos dicen que a uno de ellos le di una patada que ocasionó que sus gafas cayeran al suelo y se rompieran y que debía de pagar la reparación de 3€ (¿¿3€ arreglar unas gafas?? En serio, suena a broma).


Que a otro le di un puñetazo y le rompí otra cosa que la reparación eran 15€.


Que a otro le cogí del cuello.


En fin y así sigue...


Cuando la abogada me lo leía yo no pude evitar reírme. Para empezar llevaba unas tristes chanclas de los chinos, si le hubiese dado una patada a cualquiera, cómo ellos dicen, probablemente me abría hecho mucho daño en el pie y es que eran al menos 5 contra 1 y encima bebida, ¡venga ya! Pero según ellos me emborracho y me pongo en plan Jackie Chan, repartiendo leches a todo el mundo


Al día siguiente al salir de allí fui al médico porque tenía moratones en los brazos y al decirle al médico lo que había pasado no quiso dar parte. Mi amiga me dijo que fuéramos a otro médico pero realmente lo único que yo quería era irme a casa.


Está claro que es mi palabra contra la suya y que al ser ellos guardias civiles con la justicia que hay en este país tengo todas las de perder.


Yo no soy una persona conflictiva y no tengo antecedentes ni nada por el estilo, me gustaría saber qué puedo hacer.

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La declaración de un agente se presupone que es verdad. Si no tienes pruebas no hay nada que hacer. Un saludo.

Herranz Ramia Abogados Abogado en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana

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Sin pruebas de malos tratos No Tienes nada que hacer. No pierdas el tiempo y qye te sirva de experiencia para el futuro. Saludos y suerte

LopezMuñoz y Larraz, Abogados asociados con JLCasajuana Abogados Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, tras lo relatado que puede ser constitutivo del delito de atentado contra la autoridad, si desea que valoremos su caso que ya le decimos es algo serio, en Grech Abogados somos expertos en Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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No tengo medios para pagarme un abogado, cual puede ser la pena en el peor de los casos, según mi abogada de oficio no puedo tener cárcel y no tengo antecedentes

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No es mi especialidad, pero debe de tomarse en serio este juicio por diferentes motivos.

Primero, desobedeció una orden directa de un agente de la autoridad:

El art. 556 del Código Penal castiga con la pena de prisión de seis meses a un año “a quienes resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones”.

El Tribunal Supremo tiene jurisprudencia, (STS 684/2008 y 1010/2009) señalan como requisitos necesarios para la comisión del delito de atentado y desobediencia entre las cuales:

- La realización de un acto típicamente previsto en la norma penal (acometimiento, empleo de fuerza, intimidación grave o resistencia activa igualmente grave) y, otros, subjetivos
- El conocimiento por parte del sujeto activo de la condición de autoridad, agente de la misma o de funcionario público que ostente el sujeto pasivo.
- El ánimo de ofender, denigrar o desconocer el principio de autoridad, o de alterar o dificultar el normal desarrollo de las funciones públicas.

Según lo que cuenta, cumple todo. El desconocimiento de las leyes no exime del cumplimiento de las mismas. Así que busque un buen abogado inmediatamente.

Pericia Documental Abogado en Gallarta

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Es muy importante que contacte con un abogado/a de su confianza a la mayor brevedad, ya que los hechos por los que puede ser imputada podrían ser constitutivos de un delito de atentado a agente de la autoridad, y es conveniente que prepare su defensa cuanto antes.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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