Saludos, estoy divorciado, tengo una hija, de la cual tiene la custodia mi ex mujer. Tengo la obligación de pagar pensión alimenticia + la mitad de todos los gastos de la niña.
El piso es mío, ahora mi pregunta es: ¿tengo la obligación de pagar las obras del piso?
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Estimado Roberto,
en cuanto a los gastos, a falta de estipulación en la sentencia de divorcio al respecto, que lo dudo, si son gastos por uso de la vivienda, corresponde su pago a la persona que use la vivienda. Si son gastos de mejora de la vivienda, existe diversidad de opiniones en la jurisprudencia, desde los que dicen que corresponde al usuario de la vivienda, a los que consideran lo contrario porque entienden que la mejora afecta a la propiedad.
Si precisa de cualquier aclaración, no dude en contactarnos.
Buenas Tardes Roberto, le informamos que si usted es el dueño del piso y se hacen obras, es de lógica que dichas reparaciones corren por su cuenta puesto que usted vive en ella. usted está obligado a pagar a su ex lo que haya establecido la sentencia de divorcio, medidas paternofiliales. si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!