¿Tengo derecho a finiquito causando baja voluntaria?
Realizada por S. L. Núñez. 20 feb 2015
Hola, trabajo en un hotel 25 horas semanales. Me voy a ir a otra ciudad y he pedido que me den de baja pero me dicen que no tengo derecho a finiquito por ser baja voluntaria. ¿Es eso cierto? gracias
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Buenas tardes,
El finiquito es la liquidación de las cantidades que Usted haya generado mientras su contrato estuvo en vigor y no le hayan sido abonadas. Comprende, en líneas generales, salario normal, sus eventuales complements, pagas extraordinarias y vacaciones no disfrutadas.
A lo que no da derecho una baja voluntaria es a indemnización.
Le aconsejo consulte con un abogado su situación para saber a qué atenerse. Estamos a su disposición.
No es cierto, el finitiquito son las cantidades que su empleador le adeuda a fecha del término de la relación laboral, independientemente si Ud. es despedido o da baja voluntaria.
Quedamos a su disposición para asesorarle de manera personalizada.
Reciba un cordial saludo,
Departamento Laboral
Dolorier & Asociados Abogados
No es cierto que no tenga derecho a finiquito. Al finalizar una relación laboral, la empresa ha de pagar el finiquito, da igual si la relación laboral finaliza por despido o por dimisión del trabajador.
El finiquito debería estar compuesto por: el salario correspondiente a los días trabajados, el salario de los días de vacaciones devengados y no disfrutados; y la parte proporcional de las pagas extras.
A lo que no tiene derecho si presenta su dimisión y se va voluntariamente de la empresa es a la indemnización por despido.
En GMJ Abogados estamos a su disposición para cualquier cosa. No dude en contactar con nosotros.
No es cierto. Siempre se tiene derecho a finiquito.Lo que puedes renunciar es a la indemnización por despido, por causar baja voluntaria, pero siempre se tiene derecho a finiiquito. Es más si no te hacen finiquito, podrías demandar al empresario, porque sería como si la relación laboral, nunca hubiese terminado.
Al finalizar tu relación laboral por baja voluntaria, te han de hacer firmar, nómina, finiquito, y certificado de empresa. Este último, si tienes un contrato temporal, te lo han de dar en mano, sinó lo podrían enviar directamente al SEPE.
Si no estuvieses de acuerdo con el finiquito, podrías firmar y poner NO CONFORME y fecha.
Pero en cualquier caso, el finiquito, es obligatorio.