¿Tenemos algo que temer?

Realizada por Mai. 24 ago 2015

Muere mi suegro y todo lo que tiene esta puesto a nombre de mi suegra. Ella se queda con una gran cantidad de dinero y propiedades. Les exige a sus hijos mileuristas que le paguen parte de los gastos de IBI, etc. Ella dice que tiene que vivir la vida y divertirse. Posee también el accionariado total de la empresa que administraba su marido y en la que trabajaba uno de sus hijos.


Este coge las riendas tras el fallecimiento de su padre. Su madre desconfía, acusa, aunque se desentiende de la empresa por completo. Sólo quiere los beneficios. Al final consigue dejar a su propio hijo sin trabajo. Más de un año lleva luchando por salir adelante. Tenemos una niña pequeña. Su madre no ha parado de atacarlo, acusarlo de cosas inciertas y en público. Lo va a desheredar. Nos quiere denunciar porque no puede ver a la niña cuando, donde y como ella quiere. Nunca se la hemos negado. Es una situación agónica que parece no terminar. ¿Qué podemos hacer en cuanto a términos legales?

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Mejor respuesta

Los hijos del fallecido son herederos forzosos y, si no hay testamento, les corresponde heredar todos los bienes de su padre, y a la esposa el usufructo correspondiente al cónyuge viudo.

Si otorgó testamento, al menos les corresponde un tercio correspondiente a la legítima y otro tercio de mejora.

Por tanto, sería conveniente que contactaran con un abogado especializado en sucesiones para que pueda asesorarles.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Buenos días

Para poder asesorarle correctamente es necesario saber si sus suegros tenían separación de bienes, y si todo estaba a nombre de su suegra, o por el contrario había régimen de gananciales, en cuyo caso al morir su suegro la mitad de los bienes serian de su suegra por derecho propio y la otra mitad serian del fallecido.

Por otra parte habría que ver el testamento y sus disposiciones para poder hacer la herencia correctamente

Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho
Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Hola buenos dias. La complejidad del asunto invita mas a la prudencia y a seguir escuchando y leyendo que a dar consejos de forma prematura. Entienda que segun su relato la madre es propietaria de las acciones ( derecho mercantil) y por lo tanto con derecho a dividendos . Se desprende que es titular de todo el accionariado y por lo tanto controla la empresa .

Por otro lado, parece que sus suegros se rigieron por el regimen de separación de bienes , situación que - salvo usted me corrija- fue respetada mientras vivió el esposo. Una vez fallecido ella se siente propietaria y es propietaria . Sobre las desheredación me falta la información sobre su vecindad pues en muchas comunidades desde el siglo XIX se aplican derechos forales en materia sucesoria ,,, . Con el Codigo Civil en la mano para desheredar se debe incurrir en causas expresas previstas en la ley gtales como ingratitud , maltrato al causante, entre otros supuestos.

(Pero el Codigo Civil es supletorio en esas comunidades con derecho foral civil y cito por ejemplo, Cataluña, Baleares, Galicia, Aragon,Navarra -donde existe la libertad testamentaria- etc...

Estudi Jurídic Castella Abogado en Prat de Llobregat (El)

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Buenos días Mai,

Sería conveniente conocer más detalles sobre la existencia o no de un testamento, esto de cara a poder darle una respuesta acorde a su situación en concreto.

Podemos encargarnos de todo el procedimiento y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y redes sociales si desea conocernos.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Buenos días,

Incluso en el caso de que no dejaran ver a la nieta, eso no sería ilegal si no hay orden judicial que lo indique. Para las otras cuestiones (desheredamiento), debería conocer más detalles.
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días,
En cuanto a la desheredacion no es nada fácil en general aunque va a depender de su región y la normativa que se aplique.
Por lo que respecta a la niña, no tienen que llevársela cuando ella diga, con que la vea de vez en cuando suficiente y no tienen de que preocuparse en caso de que les demande por ello.
Si quieren evitar problemas pueden establecer unas visitas a la abuela de mutuo acuerdo, por ejemplo una tarde cada quince días o lo que les venga bien.
Un saludo

Alejandra Pérez López Abogado en Gijón

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Cualquier respuesta posible depende del lugar donde se haya producido el fallecimiento, ya que el derecho de sucesiones presente particularidades importantes que varían de una Comunidad a otra, por lo que sin precisar este dato, todo lo que se diga puede no valer en su caso. Asimismo, sería necesario conocer el alcance del testamento que fue otorgado para poder valorar las diferentes opciones de que disponen, por lo que les recomendamos siempre consultar con un abogado especializado en esta materia, pudiendo contactar con nosotros si así lo desean. No obstante, les decimos que en la mayoría de los supuestos habituales los hijos tienen derecho a su legítima y esta parte de los bienes del fallecido es algo de lo que no pueden ser privados dichos herederos.

Blasco Abogados Abogado en Logroño

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