Mis padres me avalaron en un préstamo para un negocio con la garantía de 1 propiedad, el caso es que no puedo pagar y el banco me dice que aparte de quedarse con esa garantía puede también, si no cubre la deuda, pedir que ejecuten sobre otra propiedad que tienen aunque no esté cómo garantía y además pedir embargo de las pensiones de ellos. ¿Esto es así?
Comunidad Cataluña
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Habría que estudiar el documento en cuestión pero en principio mediante el aval los avalistas se obligan a pagar si Vd no lo hace. Si ellos tampoco pagan, se les podría embargar bienes suficientes hasta saldar la deuda (incluido intereses y costas si el Banco tiene que acudir a la vía judicial). A veces es conveniente negociar con el Banco a ver si puede reducir las cuotas a pagar cada mes por ese préstamo, o intentar solucionarlo por la vía extrajudicial. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.
Es muy probable, aunque habría que examinar el documento del aval. Un avalista se compromete a pagar por nosotros en caso de que no lo hagamos y se trata de una obligación, muy seria, en contra de lo que se suele pensar. El deudor, según el Código Civil, responde de su deuda con todos sus bienes, presentes y futuros. En cuanto al embargo de pensiones, deben cumplirse las reglas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y dejar una cantidad mínima, que se considera de subsistencia.