Quiero solicitar medidas provisionalísimas (está abierto un procedimiento de violencia de género y sería en ese juzgado).
Hay situaciones insostenibles. El menor está yendo a la guardería y el otro progenitor está intentando llevárselo para no traerlo de nuevo, a mitad de horario escolar. Al no tener la custodia establecida tiene derecho según tengo entendido, a pesar de que nunca ha vivido con él.
¿Cuánto tardarían? Las más urgentes.
Tengo pánico de salir incluso ya que no hay orden de alejamiento.
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Mientras no se dicte una resolución judicial en la que se determine a qué progenitor corresponde la guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc., ambos como padres pueden tener en su compañía al menor.
La única opción es presentar a la mayor brevedad una demanda de medidas provisionales previas a la demanda a fin de que se determinen esas medidas. El tiempo que tardará el Juzgado en señalar la vista dependerá de la acumulación de trabajo de ese Juzgado en concreto.
Por otro lado, si existe un nuevo episodio de violencia de género, podría solicitar una orden de protección y que se adopten también medidas civiles sobre el menor.
Buenas Tardes Andrea, le aconsejamos que inste demanda de medidas provisionales solicitando guarda y custodia, alimentos, etc, ya que el tiempo que tarde en incoarse depende de la carga de trabajo que tenga el Juzgado donde se reparta. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, Penal y Violencia de Genero, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Hola Andrea,
Como bien expones, debes interponer cuanto antes un procedimiento de Medidas para que se resuelva cuanto antes el tema de la custodia y las visitas y así poderlo dejar tranquilamente en la guardería. No te puedo decir cuánto tiempo tardan en resolverse, porque depende del trabajo que tenga el Juzgado, no hay plazos. Quedo a tu disposición para cualquier aclaración. Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada de Mallorca)
Buenos días Andrea.
Como le han indicado los compañeros de otro despacho, debe Ud. solicitar unas medidas provisionales a la mayor brevedad posible para regularizar el régimen que deba regir las relaciones de los padres con el niño. Hablar de plazos en Tribunales es jugar a ser adivino, por cuanto depende del Juzagdo, de la localidad y de la carga de trabajo que recaiga sobre el mismo.
Desconocemos en que fase se encuentra el proceso de violencia pero entendemos que tendrá Ud. un Letrado en el mismo, por lo que le sugeriría que hable con él y le exponga el problema por si el proceso permite a la fecha solicitar la adopción de medidas civiles urgentes dentro del mismo.
No obstante lo expuesto quedamos a su disposición si lo precisa.