Solicitar judicialmente desahucio por precario de coheredera

Realizada por AURORA RUIZ FERNANDEZ. 12 may 2014

Me gustaría que me aconsejasen como proceder para solicitar judicialmente el desahucio por precario de una coheredera que ocupa una vivienda perteneciente a una herencia indivisa. Ella no se aviene a firmar la aceptación y división de la herencia porque no quiere abandonar dicha vivienda, Así mismo, ¿se la puede pedir compensación económica por el tiempo que lleva ocupando dicha vivienda?

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Disculpe, debo hacer una rectificación: el desahucio por precario ya es posible, desde una reciente SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. Sala de lo Civil. Sentencia 106/2012, de 28 de febrero de 2013. Sin embargo, sigue siendo aconsejable iniciar el procedimiento ordinario correspondiente, una vez conseguido el desalojo, para solventar la situación de la herencia, hoy por hoy, yacente.

Esdeley Abogado en Madrid

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Se pueden hacer las dos cosas, dividir la herencia y desahucio por precario.

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Buenos días:
La precarista en este caso no tiene aún ningún derecho sobre la vivienda. Tiene en todo caso una aspiración a llegar a ostentar algún derecho.

Como heredera, ella ha sido llamada a una herencia, que aún no se ha dividido.
Es posible incluso que si hay más bienes y deudas en la herencia, una vez se hiciera el reparto, a ella ningún derecho le corresponda sobre el inmueble en cuestión. Tampoco sabemos qué porcentaje le va a corresponder ni con cuantos herederos concurre.

Por tanto, dado que no tiene título y, hasta tanto no se acepte y adjudique la herencia ni siquiera se sabe si llegará a tenerlo, sí cabría perfectamente considerarla con legitimación pasiva para ser desahuciada por precario.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Buenas tardes Aurora.
Para echar a la coheredera se precisa instar una demanda, que efectivamente se puede interponer por precario. Además debería solucionar el tema de la herencia y para ello se precisa instar un procedimiento judicial.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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En lo de contratar a un abogado, completamente de acuerdo con el compañero. Sin embargo, el desahucio por precario solo es viable (según la jurisprudencia) cuando el precarista no tiene ningún título sobre la vivienda y el heredero no es precarista, pues sí lo tiene, aunque no le autorice a usar el bien en exclusiva. Por ello, todo ha de ser aclarado en el juicio declarativo correspondiente: la aceptación de la herencia, el uso exclusivo y no consentido y la posible compensación por ocupar el inmueble. Quedo a su disposición.

Esdeley Abogado en Madrid

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Buenos días:
Deberá contratar a un abogado para instar un procedimiento de desahucio. Si la persona no tiene título ninguno para ostentar el uso que viene haciendo del inmueble, no parece a priori un caso demasiado complejo.
Claro que puede reclamarle indemnización por los daños y perjuicios causados, de manera acumulada con la propia demanda de desahucio.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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