Solicitar abogado de oficio en Madrid, ¿puedo optar en mi caso?

Realizada por Luz. 22 oct 2012

Quiero solicitar abogado de oficio en Madrid, para una liquidación de bienes gananciales. Cumplo los requisitos de no superar los ingresos económicos, pero tengo en cuenta corriente un saldo un poco elevado, también un piso y coche. ¿Me lo pueden conceder por estar desempleado, a pesar de tener este saldo en cuenta bancaria? Gracias por la ayuda.

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Estimada Luz,
Lo mejor es que acuda al Colegio de Abogados de Madrid, sito en la calle de Serrano, 9-11. Debe llevar toda su documentación económica. Una vez allí, pregunte al personal de seguridad del colegio donde se encuentra el departamento de gestión del turno de oficio. Allí, analizarán sus circunstancias y le asesorarán.

Esperamos haberle sido útil. Atentamente,
Estefanía Gil.

Gil & Asociados - Abogados En Toledo Abogado en Toledo

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Puede solicitar abogado de oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita, pues para otorgarla no se tiene en cuenta si se es o no propietario de la vivienda que se ocupa, o si tiene algún dinero en la cuenta corriente. Aún así le recomiendo que vaya al Colegio de Abogados de Madrid y haga la solicitud. Allí mismo le indicarán los requisitos que son necesarios, y fuera de estos requisitos no habrá una investigación de bienes ni cuentas corrientes. Generalmente se pide la nomina, o desempleo y la declaración de renta última.

Un cordial saludo.

Jaime López Collado Abogado en Barcelona

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Sí podría tener derecho si lo que tiene en propiedad es un vehículo y su vivienda habitual, máxime si se encuentra desempleado. En cuanto al saldo en la cuenta, dependerá de los importes, sobretodo si puede acreditar que se trata de saldos relacionados con la liquidación de los gananciales. Caso de que se lo denieguen, podrá en cualquier caso impugnarlo ante el Juzgado, mediante un simple escrito y una comparecencia ante el Juez que es el que decidirá. Por ello, no tiene nada que perder. No obstante, infórmese ante la Comisión de asistencia jurídica gratuita previamente de los costes de contador - partidor, pues existe cierta jurisprudencia que establece que dicho gasto no estaría cubierto por la asistencia jurídica gratuita.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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