Socios Conflicto

Realizada por Juan. 19 may 2020

Hola soy socio de una empresa sociedad limitada al 20% en Alicante, los socios me ofrecen comprar mi 20% a cambio de 1 euro, y que si no le acepto tendre que poner la parte proporcional que me toca por las deudas que actualmente tiene la empresa.
que debo hacer?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Estimado Juan:

Mi recomendación es que haga cuentas sobre una comparativa entre las deudas que actualmente mantiene la sociedad mercantil, en la parte que a usted le correspondería abonar en proporción a su número de participaciones sociales, y el potencial futuro a corto y medio plazo de creación de plusvalía y beneficio de la misma mercantil, para saber si le compensa sencillamente deshacerse de sus participaciones, continuar con la sociedad y hacerse cargo de la parte proporcional de las deudas que hasta el día de hoy mantenga, o incrementar el precio de venta de sus participaciones en función del potencial beneficio dejado de percibir si es que es capaz de pronosticar alguno.

En todo caso, si desea que estudiemos su caso personalmente, no deje de dirigirse a nuestro perfil corporativo de esta plataforma jurídica y le asesoraremos con mucho gusto.

Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

1865 respuestas

4682 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Apreciado,

La responsabilidad de los socios en una sociedad de capital se limita al porcentaje de participación en el capital social. De la gestión de la empresa responde con su patrimonio el administrador o los administradores.

Para poder asesorarle seria necesario observar los estatutos de la empresa y comprobar el estado de cuentas de la sociedad.

Si lo desea puede dirigirse a nosotros a través del perfil corporativo de esta plataforma jurídica y donde encontrará los datos de contacto.

Quedamos a su entera disposición. Saludos cordiales.


Anónimo-376020 Abogado en Barcelona

45 respuestas

11 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Apreciado Juan,
En las sociedades de responsabilidad limitada, como su propio nombre indica, la responsabilidad de sus socios está limitada a la aportación de capital que hicieron en su día.
Los socios no pueden responder por deudas de la sociedad ya que los responsables son en última instancia los administradores de la misma.
Creo que tiene que tener en cuenta este dato importante y actual en consecuencia.
Le podemos ayudar para ello.
Quedamos a su disposición.
Saludos,

Absis Legal Abogado en Barcelona

1 respuesta

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas