Soy de España, de Alicante. Quería preguntar sobre una falta de hurto que el otro día hice y hoy tuve el juicio. El valor de lo que extraje eran 50 euros y me pusieron una multa de 180 euros porque me dijo “6 euros por 30 días”, es decir, el importe que ya he dicho.
Yo quería saber si me podrían rebajar la multa ya que no recibo ningún salario y soy estudiante y no puedo abonar esa cantidad de dinero y querría saber que si se puede hacer este cambio una vez visto para sentencia y cómo hacerlo.
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Puede usted solicitar un fraccionamiento en el pago de la multa si acredita sus problemas económicos.
Un saludo,
Ignacio.
Solo se podría modificar el importe si su condición económica ha variado una vez dictada la sentencia. En su caso, por la información que facilita, entiendo que su situación de estudiante sin trabajo ya era así antes del juicio, y por lo tanto no puede solicitar un cambio en el importe.
Aún así puede solicitar un fraccionamiento para pagar la multa.
Salutaciones
Podría recurrir la sentencia solicitando que le rebajen la cuota diaria, la mínima es de 2 euros que normalmente solo ponen en casos de indigencia, pero podría poner una cuota de 3 ó 4 euros perfectamente, nosotros hemos conseguido numerosas sentencias en ese sentido.
Además, puede solicitar el pago fraccionado una vez le requieran para que realice el mismo.
La pena por una falta de hurto como la descrita no se basa en el valor de lo sustraído, el sistema español establece un sistema de "días multa" (duración) proporcional a la gravedad y asiduidad del delito y por otro lado de "cuantías" (cantidad) en función de los ingresos del condenado.
De haber alegado la falta de ingresos en el momento de la vista podrían haberes intentados esa "rebaja" pero si el tribunal considera que carece de recursos económicos pero depende económicamente de su familia puede igualmente considerar que el poder adquisitivo (ingresos) es más elevado e incluso subir la cuantía.
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Con los datos que nos ofrece no podemos darle una respuesta que se adapte a sus circunstancias, ¿Sabe si la otra parte aviso que acudiría asistida de abogado? Si no lo hizo puede solicitar la nulidad. Puede declararse insolvente y solicitar fraccionamiento.
Si lo desea podemos presentar el escrito por usted. Contacte con nosotros para observar otras posibles soluciones.