Hola, a ver yo no estoy casada, solo que mi hijo está reconocido el padre nunca se ha preocupado por él. Es una persona problemática. Quisiera saber con qué edad puede él decidir con quién decide quedarse si le puedo cambiar los apellidos y si puedo reclamarle toda la manutención del niño, incluso para mí, gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Estimada María,
Al ser varias las cuestiones que plantea y bastantes distintas le informo paso por paso.
En primer lugar habría que ver si existe una sentencia judicial que regule cuanta pensión de alimentos debe pasar a su hijo, cuando dice Vd. "reclamarle toda la manutención incluso para mí", debe saber que lo mas normal es que el padre pase manutención a los hijos, sin embarga para la madre dicha pensión es llamada "pensión compensatoria" y los casos en que normalmente se da es cuando en un matrimonio o unión de varios años, la mujer ha estado al cuidado de la casa y ha sido el padre el que ha trabajado, es una pensión que cada vez se da menos. En caso que sí exista dicha sentencia, si él la incumple y no abona lo que ha impuesto el juez Vd. puede ejecutar para que se le obligue a pagar, en caso contrario habría que comenzar un procedimiento judicial para ello.
En relación al cambio de apellidos es algo más complicado que habría que estudiar a fondo. Por último sobre la pregunta que cuando su hijo puede decidir no ir con su padre, también habría que ver si existe sentencia judicial que regule un régimen de visitas del padre hacia el menor, en caso de existir una sentencia y el padre querer ejercer su régimen de visitas él estaría en todo el derecho, en caso que incumpliera o que no fuera apto para ello también habría que ponerlo ante un Juez para que decidiera si es conveniente si el padre viera o no a su hijo. Debe saber que todo esto es un tema complejo y que hay que estudiar todas y cada una de las circunstancias, por ello puede consultarnos con nosotros.
Buenos días, el hecho de que no estuvieran casados es indiferente en cuanto a los derechos que tiene su hijo. Lo primero que debe hacer es buscar un buen profesional especialista en derecho de familia e interponer una demanda solicitando la oportuna pensión de alimentos; hasta que no la reclame no tendrá derecho a ella ya que no se puede pedir retroactivamente. Saludos cordiales,
Sería conveniente que iniciara una demanda para el establecimiento de unas medidas paterno filiales, al objeto de que por el Juzgado se establezca que a vd. le corresponde la guarda y custodia de su hijo, y que el padre debe abonar una pensión alimenticia para contribuir a su manutención.
Ambos son progenitores de su hijo, y por tanto a los dos están sujetos a los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad, no pudiendo ser privado el padre salvo por resolución judicial.