¿Si voy a la cárcel se me perdona la deuda por impago de manutención?
Debo 9000 euros y me condenan a cárcel. Si voy a la cárcel, ¿esto me exime de pagar lo adeudado?
Debo 9000 euros y me condenan a cárcel. Si voy a la cárcel, ¿esto me exime de pagar lo adeudado?
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Buenos días José.
No, una cosa es el ilícito penal que es el que tiene como consecuencia la pena de cárcel, y otra totalmente distinta es la obligación civil, que sigue existiendo con independencia del ilícito penal.
Si lo desea puede contactar conmigo, para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso.
Saludos.
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No, la deuda seguirá existiendo. Son dos conceptos diferentes: una es la pena por el delito cometido y el otro es la deuda civil que la pagará con sus bienes presentes y futuros. Sin embargo, si Ud. no paga la pensión porque no tiene ingresos no debería ser condenado.
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Buenas tardes:
No, a Ud. se le ha condenado por un delito con la pena de prisión y, a su vez, imagino en el mismo procedimiento, como responsabilidad civil derivada del delito, al pago de lo que debe.
La prisión no extingue su obligación al pago de lo adeudado, dado que son dos consecuencias distintas de la comisión del delito.
Esperando haberle sido de utilidad,
Saludos cordiales.
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