Si no puedo pagar el viaje de mi hijo, ¿incumplo el régimen de visitas?

Realizada por joaquin. 7 nov 2012

Estimados sres/as,

este fin de semana me corresponde mi hijo. Vive en Madrid y yo en Murcia. Es la primera vez que "vendrá" en tren. El tema es que yo no tengo dinero para pagarle el billete: estoy en paro, cobro 942 euros, pago 450 de préstamo, 290,33 de pensión y comemos mi pareja (también en paro) y mis dos hijos de 5 años, del resto.


Le he comentado mi situación, tal cual a ustedes, a la madre de mi hijo, y me dice que (pese a ser delegada de región de una gran empresa de moda, tener dinero a depósito seguramente, no pagar alquiler), que no puede pagar el billete. Yo le expuse que lo pagase ella y yo el día 12, cuando cobre el paro, se lo ingresaría, pero dice que NO PUEDE.


Si mi hijo no viene a Murcia porque no le puedo pagar el billete y no pude ir a por él, pues mi saldo en cuenta son 2 euros, ¿incurro en incumplimiento de régimen de visitas? Según el convenio yo voy a Madrid los viernes a por él, a su casa, y los domingos le vuelvo a llevar, como hasta ahora hemos hecho, pero su madre propuso que el viaje lo hiciese en tren a partir de ahora. Todo cuanto he descrito aquí está por escrito.


Decir que estoy esperando para un abogado de oficio, pero tengo cita en el juzgado para el 18 de diciembre, desde hace dos meses que la solicité. Gracias anticipadas a las personas que me puedan orientar.

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Podrá comunicar a la madre, por correo electrónico o burofax, las razones que le impiden poder pagar el billete a su hijo. No obstante, lo conveniente es que solicitara al Juzgado que se regulara la forma de entrega y recogida de otro modo. Una vez le asignen el abogado de oficio, trate de modificar este punto por otro más accesible para todos.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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