¿Si no me pagan nóminas puedo ausentarme del trabajo?

Realizada por Mara. 27 sep 2012

Buenas tardes,

Si la empresa me debe 3 nóminas, ¿puedo no ir a trabajar? ¿perdería algún derecho? ¿qué pasaría si más tarde denuncio a la empresa?


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No puede, se consideraría que es un abandono de su puesto de trabajo y le podrían despedir de forma procedente por incumplimiento reiterado de sus obligaciones. Lo correcto es solicitar, primero, en conciliación ante los servicios de mediación de su provincia, y si no es posible luego ya ante el Juzgado, la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento grave y reiterado de la empresa por no abonarle los salarios a los que tiene derecho y, paralelamente, si lo quiere, reclamar cantidades en otra demanda distinta.

Hasta que el Juez no estime su demanda, debe permanecer en su puesto de trabajo, pues si lo abandona, estará incumpliendo usted.

Un saludo,
Rosa Torrandell.
Abogado.

Rosa Torrandell Pedrera Abogado en Palma de Mallorca

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Si no me pagan nóminas, ¿puedo ausentarme del trabajo?

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Estimada Mara,
A pesar de que la empresa le adeude varias nóminas usted debe seguir yendo a trabajar. Pues de ausentarse injustificadamente del trabajo la empresa podría darla de baja por dimisión o abandono voluntario, o despedirla disciplinariamente por ausencias injustificadas al trabajo. En todo caso perdería usted la posible indemnización que le correspondiera y la posibilidad de acudir al paro si se trata de una baja voluntaria.

Por lo tanto lo que le recomiendo que haga es continuar con la prestación del trabajo y reclamar al mismo tiempo el abono de esas nóminas. Llegado el momento puede usted solicitar la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador (así se llama la figura), basado en la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.

Pero siempre tendrá que continuar trabajando en tanto en cuanto no exista una resolución judicial que rescinda su relación laboral, si ha optado por acudir al juzgado solicitando dicha extinción.

Espero haberla ayudado.

Despacho Arpal Abogados Abogado en Zaragoza

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Buenos días Mara,
Lo primero que tienes que hacer es acudir a un Abogado laboralista, para que te aconseje como actuar desde el primer momento. Nunca debes dejar de ir a trabajar, sin antes haber demandado o haber solicitado la resolución del contrato por el impago, ya que sino te podrías quedar sin poder acceder a la prestación de desempleo, por baja voluntaria de la empresa. Deberías solicitar la reclamación de salarios en papeleta de conciliación, y si no llegáis a un acuerdo de pago, entonces ya presentar la demanda judicial reclamándole a la empresa todo lo que te debe.

Un saludo,
Rosa Mª Viera Pérez - Abogada en ROMAVIPE ABOGADOS.

Romavipe Abogados Abogado en Aldaia

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Usted tiene un año a partir que le adeudan las cantidades para reclamar judicialmente. Para ello primero debe presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC de su provincia y si no se llega a avenencia presentar demanda ante los Juzgados de lo Social, junto a su reclamación ante el SMAC y posteriormente ante el Juzgado (si no hay acuerdo), puede pedir la extinción del contrato por impago reiterado de las nóminas y obtendría la indemnización por despido improcedente. Esta sería la vía para poder dejar su puesto de trabajo sin perder derecho a paro y a la indemnización por despido, cualquier otra forma de ausentarse si no está justificada podría motivar un despido procedente y no tendría derecho a la indemnización ni al paro.

Espero que la respuesta le haya sido de ayuda, para cualquier duda que le surja estamos a su disposición.

Un saludo
Esther González (despacho en Valencia)

Esther González Medina Abogado en Valencia

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Debe Ud. Ir a trabajar, lo que debe hacer es resolver el contrato por incumplimiento solicitando la correspondiente indemnizacion y las nóminas dejadas de percibir. Debe acudir al servicio de medición de su comunidad autónoma previo al ejercicio de la vía judicial. No es imprescindible acudir con abogado pero sí muy aconsejable su asesoramiento previo. Si está interesado quedamos a su disposición.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Lo que debe de hacer es seguir acudiendo a su puesto de trabajo y reclamar mediante papeleta de conciliación la reclamación de salarios correspondiente. Si falta a su puesto de trabajo estaría usted "trabajandose" un despido procedente y en caso de despido perdería su correspondiente indemnización. Ante las reclamaciones salariales las empresas suelen reaccionar.
A su disposición.
Saludos

Escertia Abogados Madrid y Asturias Abogado en Madrid

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