Si no cobro nada, ¿tengo que pasar la pensión alimenticia a mi hijo?
Buenos días, si estoy parado y no cobro nada, ¿tengo que pasarle la pensión alimenticia? Tiene 18 años.
Gracias
Buenos días, si estoy parado y no cobro nada, ¿tengo que pasarle la pensión alimenticia? Tiene 18 años.
Gracias
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Si existe una sentencia, debe pagar lo que allí se establece mientras no se modifique la misma. Por ello, si cuando se dictó la misma Vd tenía unos ingresos de los que ahora no dispone, debería solicitar una modificación solicitando al Juez reducción de la pensión o, si es el caso, suspensión temporal de obligación de pago de la pensión (si bien los Juzgados vienen estableciendo un mínimo). Porque sino ella le puede reclamar lo debido, incluso por vía penal denunciarle. Para la modificación precisaría de abogado; somos un despacho de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS.BARCELONA.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Como bien le expone mi compañero, debe pagar la pensión de acuerdo con la circunstancia del hijo, si trabaja o no o si está estudiando. En el caso, que no lo haga y si interpusiera una acción civil o penal, en esta última podría acreditar que no tenía ingresos para hacer frente al pago de la pensión. Espero haberle ayudado.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Sin duda si así lo tiene estipulado en sentencia o convenio. Lo que debe hacer es una modificación de medidas si han variado sus circunstancias económicas desde entonces.
No dude en pedir presupuesto
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Buenos días Emiliano,
Da igual la edad que tengan los hijos, debes centrarte en si obtiene beneficios por mí mismo o si depende de los progenitores. ¿Trabaja? ¿Estudia? Dependiendo de la comunidad autónoma se están aplicando unas u otras pensiones y lo que se tiene en cuenta es lo que necesita ese hijo además de los ingresos que obtienen los progenitores en sus trabajos, rentas.. Debemos recordar que los gastos de los hijos han de ser asumidos por los dos padres. Consúltanos más información si te parece. Gracias
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas
Encuentra respuestas entre las más de 32250 preguntas que se han realizado en Abogados365.com