¿Si mi marido no paga la deuda de la Seguridad Social pueden embargarme mi piso?

Realizada por muntsa. 6 may 2014

Estamos separados pero sin papeles, ya que él no trabaja y se ha marchado al extranjero en busca de solucionar su vida; Pero la deuda de la Seguridad Social es de él, y hace ya unos cuatro años que no paga; todo y que se dio de baja de autónomos. Le reclaman unos 13.000 € y sé que su parte del piso está embargada, pero lo que temo es que a mi me repercuta aunque que estamos casados en régimen se separación de bienes.

¿Qué debería hacer para que no me afecte a mí y a mis hijos?

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Buenos días:
Si tienen separación de bienes, por las deudas de su marido sus acreedores sólo podrán embargar los bienes privativos de él. Si él es dueño de un 50% del piso, podrá embargar hasta ese límite, pero no podrán embargar la parte que es privativa de Ud.
Ahora bien, lo que sucede con los embargos es que primero se traban sobre el bien (puede comprobarlo fácilmente en el Registro de la Propiedad), digamos a modo preventivo/intimidatorio, con el fin de que el deudor "saque dinero de debajo de las piedras" y pague la deuda en metálico. Pero si el deudor realmente no consigue el efectivo, el acreedor podrá en cualquier momento pedir que el bien salga a subasta. Es decir, en principio lo que puede suceder es que ese 50% del piso lo adquiera una tercera persona, en todo o en parte.
En este caso, realmente si su marido no va pagar la deuda, lo mejor que podría Ud. hacer es llegar un acuerdo con él para pagarla Ud. a cambio de que él le venda su mitad.
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Si el régimen de su matrimonio es el de separación absoluta de bienes, cada cónyuge responde con su patrimonio de las deudas por él contraídas.

No obstante, sería conveniente que regularizara su situación de separación de hecho, solicitando el divorcio, y de esa manera disolver definitivamente el vínculo matrimonial que le une con él.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Distinguida Montserrat,

En primer lugar y a efectos legales, Vd sigue casada con su marido. En cuanto a la deuda con la Seguridad Social, que ya ha trabado la parte del piso de la que este es titular, evidentemente puede llegar a afectarle.

Una primera solución, si así verdaderamente lo desea, sería la de instar el divorcio, igualmente sería necesario estudiar la real situación patrimonial de Vdes.

Quedamos a su disposición para ampliar toda esta información, cordialmente.

A.M.a.s. Abogados & Asesores Abogado en Barcelona

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