Si mi ex tiene un hijo y sigue casada conmigo, ¿lo registrará a mi nombre?
Realizada por Luis. 30 ene 2014
Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, yo estoy casado en España. Durante dos años consecutivos estuve tratando de que mi esposa me otorgara el divorcio, pero nunca quería firmar los papeles para hacerlo de vía amistosa. Por tal motivo y ya harto de la situación me fui a vivir a otra parte fuera de España, ahora lo que sé es que ella va a tener un hijo de otro, yo lo único que quiero saber es si ella tuvo que arreglar su situación de casada, puesto que al tener un hijo que no es mío, al no estar divorciados, ¿lo tendrá que registrar a mi nombre? Espero puedan ayudarme, de no ser así me gustaría poder arreglar la situación ya que es algo que me tiene muy intrigado. Gracias.
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Muchas gracias por sus respuestas, sé bien que si no es hijo mio no tengo obligación de reconocerlo como tal. La cuestión es que me encuentro fuera del país y no tengo manera de saber si la situación la ha arreglado ella por su parte o si no es necesario arreglarlo para poner el nombre del recién nacido a nombre de otra persona, solamente con asegurar ante el registro civil que el niño no es mío. En resumen, ¿para registrarlo a nombre de su actual pareja es necesario que ella esté divorciada?
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Buenos días Luis.
Lo que debe usted hacer es instar una demanda de divorcio, para solucionar esta situación.
Su esposa puede inscribir a su hijo como si usted fuera el padre, pero si esto ocurre, usted puede instar una demanda de paternidad para que se rectifique esta inscripción.
Si lo desea puede contactar conmigo ampliarme la información y de esa manera poder aconsejarla mejor, e incluso poder llevar su caso. Saludos.
Buenas tardes Luis. Si su esposa inscribiera a su nuevo hijo con sus apellidos, podría interponer una demanda de impugnación de paternidad.
Por otra parte, le aconsejo que regularice cuanto antes su situación, toda vez que si ella no quiere plantear un divorcio de mutuo acuerdo, usted puede solicitarlo sin necesidad de que ella le de su consentimiento.
Quedo a su disposición por si necesita que estudiemos el asunto con mayor detalle. Un cordial saludo.
En primer lugar, si Ud. desea divorciarse, y ya lo ha intentado sin éxito por vía de mutuo acuerdo, Ud. no tiene obligación ninguna de continuar casado, por lo que tendría que instar un procedimiento contencioso de divorcio.
En segundo lugar, existe una presunción legal de que los hijos habidos durante el matrimonio son de los cónyuges, ex art Artículo 116 del Código Civil:
"Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges."
Es decir, en primer lugar si el hijo nacer antes de los 300 días siguientes a su separación de hecho, se presume que es suyo, y ella podría perfectamente (si quisiera) inscribirlo figurando Ud. como padre. Por supuesto, si esto llegará a suceder Ud. podrá saberlo acudiendo al Registro Civil e instar acto seguido un procedimiento judicial para que se determine que ese hijo no es suyo.
Si el hijo nace después de ese plazo ya no existe la presunción, PERO claro está, si se trata de una separación de hecho y no existe constancia documental, la fecha en la que se produjo puede "manipularse" según lo que su todavía mujer pretenda conseguir.
Estimado Luis: si usted no es el padre biológico no debe ponerle como hijo suyo en el registro civil, con independencia de que sigan casados. Cualquier cosa que requiera puede contactar con nosotros. Un saludo.