¿Si mi ex no está de acuerdo?

Realizada por Francisco. 28 feb 2017 Pensión alimenticia

Mi caso es el siguiente, gano unos 20.000€ anuales.

Tengo dos hijas, de 23 y 18 años, la mayor trabaja y tiene su nomina, la pequeña está estudiando fuera de mi localidad y está en una residencia que cuesta 800€ al mes.

Mi ex está en paro, tenemos vivienda en bienes gananciales y un coche, les pasaba de pensión 500€.

La pensión al estar la mayor trabajando puede reducirse a la mitad?

Puedo solicitar la mitad del importe del valor vivienda?

Si mi ex se niega, que puedo hacer y cuanto más o menos tendría que pasarla de pensión en total?

Gracias, un saludo

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Buenas tardes:
Para una mejor información a su caso faltan muchos detalles como estudiar el convenio regulador, saber si liquidaron la sociedad de gananciales y si se le atribuyó el uso de la vivienda a sus hijas,, cuánto tiempo lleva trabajando y qué tipo de contrato tiene su hija mayor...
Por lo general, si su hija mayor ha acabado sus estudios y se encuentra trabajando usted puede solicitar una modificación de medidas donde solicite la extinción de la pensión de alimentos y no le tendría que pasar nada.
En cuanto a la vivienda podría solicitar una división del bien en común.
Espero haberle ayudado, si quiere aclarar alguna duda no dude en contactarnos. Saludos.

Leonor García Botia Abogado en Córdoba

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Buenas tardes Francisco,
Te comento, al estar una de tus hijas ya trabajando se entiende que ella ahora mismo no es económicamente dependiente por lo que se debería de plantear una modificación de medidas para reducir la pensión de alimentos que le pasas y pasar solamente una única pensión por tu hija de 18 años.
En cuanto a la vivienda deberías de iniciar un procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales para poder hacer un reparto de esos bienes que indicas (la casa y el coche), para el caso de que tu ex mujer quiera quedarse la casa debería de abonarte la mitad de lo que se pagó por esa vivienda y el coche.
Si tu ex mujer se niega a hacer estas modificaciones de mutuo acuerdo puedes hacerlo de forma contenciosa en el Juzgado.
Espero que te haya servido de ayuda.
Un saludo.

Alba Cortés Abogada Abogado en A Coruña

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