¿Si firmo convenio debo abandonar ipso facto el domicilio?

Realizada por TATI. 18 sep 2012

¿Si firmo convenio debo abandonar ipso facto el domicilio o de esperar a que el juez lo ratifique?

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Hola,

Lo normal es que se pacte en el convenio ese extremo. Si no se pacta, nadie te va a poder echar fuera hasta que no haya sentencia y aún y así los trámites tardarian mucho tiempo hasta que te "lanzaran" del domicilio. Por ejemplo, tu expareja con el convenio no puede ir a la policia y pedir que te echen. El convenio hasta que no hay sentencia no es mas que un documento privado sin fuerza ejecutiva.

Saludos,

Manel Pedragosa, Abogado.

Bjp Abogados Abogado en Barcelona

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Depende de lo que contenga el convenio, si dice que lo abandona en el momento de la firma, así debiera ser, aunque legalmente, tan sólo tiene la obligación de abandonarlo cuando se notifique la Sentencia en la que se acuerde tal medida o se ratifique tal acuerdo.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Estimada Tati:

Supongo que hablamos de un convenio de divorcio. Si es este su caso, el momento en el que deberá cesar en el uso de los bienes dependerá del momento que se fije en el convenio. Si no se dice nada, se entiende que es desde el momento de la firma del convenio o, en su caso, desde que éste se ratifique en la sentencia de divorcio.

Espero haberla ayudado.

Un saludo.

DP+C Legal Abogado en A Coruña

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No especificas la naturaleza del convenio pero partiendo de ser convenio de mutuo acuerdo en un procedimiento judicial es necesario que se ratifique ante el juzgado y si ambos cónyuges lo hacen se dicta sentencia.ç

El plazo para abandono del piso está establecido o debe de preveerse en el convenio, en caso contrario debe hacerse a partir de que el convenio esté ratificado por los cónyuges o en su caso lo declare la sentencia, pues a partir de la firmeza del mismo la parte contraria podría pedir la ejecución.

José Ruiz Sánchez Abogado Abogado en Cabra

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Pueden establecer en el convenio regulador un plazo para abandonar la vivienda, según lo que Uds. acuerden.

Reciba un cordial saludo.

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

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Por su consulta entiendo que no se ha estipulado el momento de pago en el convenio, por lo que entiendo que estaría obligado al pago cuando exista sentencia aprobando el convenio por el Juez. No obstante ustedes pueden llegar a un acuerdo al respecto y establecer el medio y momento de pago.

Estamos a su disposición para cualquier aclaración que precise

Un saludo,

Esther Gonzalez (despacho en Valencia)

Esther González Medina Abogado en Valencia

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