separacion de bienes gananciales

Realizada por marisa. 23 jun 2020

quiero hacer separacion de los bienes gananciales ,por ejemplo si mi marido debe dinero y tuviera que ir ajuicio que no me reclamen a mi de sus cosas.como puedo hacerlo.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Deben acudir al Notario a otorgar una escritura de "capitulaciones matrimoniales" que deberán inscribir en el Registro Civil y, en su caso, en los Registros de la Propiedad donde consten los inmuebles de los que ambos sean propietarios en gananciales.

Para más información necesitamos que nos amplíe los datos.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

1041 respuestas

555 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Marisa,

Encantado de conocerte por este medio.

Para hacer la separación de bienes es necesario otorgar por los dos cónyuges una escritura de liquidación del régimen de gananciales y otra escritura de otorgamiento del nuevo régimen económico matrimonial.

Con el fin de poder darle un asesoramiento personalizado, le ruego se ponga en contacto con nuestra firma KPO LEGAL en los siguientes datos de contacto:

KPO Legal Abogado en Madrid

2 respuestas

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Para cambiar de un régimen a otro o personalizarlos basta con que formalicéis las capitulaciones matrimoniales. Podéis optar por el régimen de separación de bienes o el régimen de participación. el Régimen de separación de bienes mantiene separados los patrimonios de cada cónyuge. El régimen de participación es muy similar al de separación de bienes. Sin embargo, si se disolviera el matrimonio, los cónyuges participarán en los incrementos o decrementos del patrimonio de la ex pareja.
Es importante que no sólo disolváis la Sociedad de Gananciales sino que también la liquidéis, para que así cada uno se adjudique e incorpore los bienes a su patrimonio privativo; porque de lo contrario la sociedad de gananciales seguiría siendo la titular de los bienes gananciales hasta su liquidación.

VICTOR LLAMAZARES GONZALEZ Abogado en Almería

56 respuestas

10 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas