Separación conyugal notarial

Realizada por Jose Luis Garcia Gallego. 3 may 2016 Abogados divorcios

Firmé el año pasado un convenio notarial de separación conyugal. No hay hijos ni bienes. Mi pensión es de 1869 euros al mes. ¿Cómo me puede afectar este convenio en el proceso de divorcio? Es decir, ¿se basaría el juez en ese convenio y no tendría en cuenta la cantidad acordada?

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Buenas Tardes José Luis, le informamos que si han firmado ambas partes un convenio regulador de divorcio de mutuo acuerdo siempre será mejor que ir a la vía contenciosa y más rápido. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

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Buenos días José Luis,

A pesar de que las figuras de la separación y el divorcio son distintas y, por ende, los procesos que llevan aparejados, no cabe duda de que la cantidad acordada será tenida muy en cuenta por el Juez al que le correspondiera tramitar el procedimiento de divorcio.

En cualquier caso, dicha cantidad no es en absoluto determinante y cabe la posibilidad de alcanzar un acuerdo distinto en cuanto a la misma así como, si ello no fuera posible, exponer al Juez correctamente en la correspondiente demanda de divorcio los hechos que puedan justificar una modificación de la cuantía acordada en la separación.

Esperamos haberle sido de utilidad y quedamos a su disposición para cualquier cosa que pueda necesitar.

Reciba un cordial saludo,

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Buenos días, siempre cabe acudir a un proceso de divorcio de mutuo acuerdo, donde son las partes quienes fijan las cantidades mediante convenio regulador, en caso contrario dentro de un procedimiento contencioso sería un elemento más a tener en consideración, junto con otros de carácter económico, o si bien ha existido una modificación sustancial de las circunstancias dentro de ese periodo de un año.

Atentamente.

César Mañú Azcárate Abogado en Pamplona/Iruña

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Buenos días José Luis,

A pesar de que las figuras de la separación y el divorcio son distintas y, por ende, los procesos que llevan aparejados, no cabe duda de que la cantidad acordada será tenida muy en cuenta por el Juez al que le correspondiera tramitar el procedimiento de divorcio.

En cualquier caso, dicha cantidad no es en absoluto determinante y cabe la posibilidad de alcanzar un acuerdo distinto en cuanto a la misma así como, si ello no fuera posible, exponer al Juez correctamente en la correspondiente demanda de divorcio los hechos que puedan justificar una modificación de la cuantía acordada en la separación.

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