Seguros de decesos, anulación

Realizada por María Sánchez. 25 nov 2014

Hoy, día 25/11/2014, he recibido una carta comunicándome la subida de precio de mi seguro de decesos, es abusivo. Así que decido anular dicha póliza. Me pongo en contacto con la empresa y me dicen que no es posible ya que debe hacerse con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza, y que se ampara en la ley de seguros.

Mis preguntas son; Enviando el correspondiente fax a la compañía para mí comunicarles mi deseo de anular dicha póliza. ¿Qué puede suceder si no pago las cuotas? ¿Qué derechos tengo yo a este respecto? ¿Se puede obligar a alguien a estar todo un año pagando un producto que no quiere, sólo porque ellos se protegen de este modo? ¿Las consecuencias son muy graves si decido hacerlo aunque me salga de esos dos meses de plazo?

Mil gracias de antemano por su atención.

María.

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Siento decirle que con la ley en la mano usted tiene que comunicar la baja de cualquier seguro que tenga contratado en el plazo de dos meses y por tanto si no cumple con dicha notificación el contrato de seguro se prorroga un año más. Esto significa que si usted no paga la compañía e seguros puede iniciar un proceso contra usted para reclamar el importe de la prima del seguro además de que usted al no pagar no estaría cubierta ante un posible siniestro o accidente porque no paga la prima.

María Teijo Abogado en Santiago de Compostela

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