¿Se puede negar la madre de mi hija a que venga a mi pueblo a visitarnos?

Realizada por jose luis. 14 abr 2014

Buenas tardes, tengo una hija con 5 meses y su madre se niega a que venga a mi pueblo a que la vean sus abuelos, nos separan 24km de su pueblo al mío, ¿cómo puedo solicitar medidas provisionales, y si es legal que no me permita llevármela a mi pueblo? Gracias de antemano.

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Le aconsejo que regule su situación, ya sea por Convenio de mutuo acuerdo, ya sea por demanda contenciosa ante el Juzgado, para obtener una Sentencia que regule la guarda y custodia de la hija, y el régimen de visitas de la misma, que será de obligado cumplimiento. Si ella incumpliera la Sentencia, sí podría ejercitar acciones judiciales para conseguir el cumplimiento. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Si hicieron convenio regulador al separarse debió de estipularse esa cuestión, tiene mi despacho a su disposición.

Egea Castro Abogados Abogado en Molina de Segura

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Estimado Sr.
Desconocemos si existe convenio regulador. En caso de existir hay que respetar sus cláusulas.
En cualquier caso, para más detalles, quedamos a su disposición
Atentamente.

Fdez. Nevado&Asociados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenos días,

Si ustedes no tienen regulada la situación legalmente, puede llevarse a la menor tranquilamente ya que ambos progenitores tienen el mismo derecho. Le recomiendo que se haga con los servicios de un buen abogado especialista en procesos de familia a fin de ver de llegar a un acuerdo o interponer una demanda judicial recabando medidas provisionales y después definitivas. Saludos cordiales,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Buenas tardes.

Debemos estar a lo establecido en el convenio regulador respecto a los tiempos de visita o de permanencia en uno u otro lugar.

La decisión que usted plantea deberá ser tomada de mutuo acuerdo o, en su defecto, decidirá el juez.

Puede contactar con nosotros para desarrollar en detalle el asunto.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Si actualmente no tienen regulado por el Juzgado el régimen de la guarda y custodia de su hija, y el régimen de visitas que le corresponde, ambos son progenitores de la menor e igualmente puede estar tanto con el padre como con la madre, ya que la patria potestad le corresponde por igual.

No obstante, para evitar conflictos sería conveniente que presentara una demanda solicitando el establecimiento de unas medidas paterno filiales, al objeto de concretar a quién le corresponde la guarda y custodia y fijar un régimen de visitas para el cónyuge no custodio.

Los días que le corresponda la custodia de la menor, podrá desplazarse a su localidad de residencia, e igualmente existe un derecho de visitas de los abuelos que podría interesar en caso de negativa de la madre a que puedan ver a su nieta.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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