Se puede llevar mi ex marido a mi hija de vacaciones al extranjero?

Realizada por Soraya. 2 dic 2015

Mi ex marido es español pero vive en Santo Domingo. Mi pregunta es si se puede llevar a mi hija (tiene 12 años) a Santo Domingo en el mes de vacaciones que le correponde. Gracias

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Buenos días Soraya,

Tendría que examinarse el convenio regulador o sentencia que regula las visitas con su hija. Probablemente si cuando se acordó el régimen su ex marido ya vivía en Santo Domingo, ello vendrá regulado en el convenio regulador o sentencia y se expresarán los términos al respecto. Si en la resolución judicial no se indica nada, debe tenerse en cuenta que para viajar los menores precisan de pasaporte, si la niña no lo tiene aún, puede usted oponerse a su expedición. En el caso de que la niña ya tenga el pasaporte y la sentencia no estipula nada en contra, entiendo que su ex marido puede llevársela en el periodo que le corresponde.
Si usted tuviera motivo para no permitir viajar a su hija deberá instar el oportuno incidente en el Juzgado.
En todo caso, de no existir motivo de peso, no puedo dejar de indicarle que es muy positivo que padre e hija se relacionen y un viaje es siempre enriquecedor para cualquier menos; la invitaría a no poner obstáculos al respecto.

Saludos cordiales,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Hola Soraya,
En principio sí puede llevársela durante sus periodos de vacaciones. No obstante, si existe temor fundado de que no te la devuelva, lo que puedes hacer es poner un procedimiento en el que el Juez valora si existe riesgo real, de manera que tiene que aportar billetes y pruebas conforme te la va a devolver. Quedo a tu disposición para más información.
Un saludo, Cristina Cáffaro (abogada Mallorca)

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos Dias Soraya, le informamos que ante la falta de dicha prohibición de salida y si viene contemplado en el Convenio Regulador y luego fue acordado por sentencia, no tiene que haber impedimiento por su parte para autorizar la salida, en caso contrario el podría pedir autorizacion judicial. De todos modos para viajar con ella necesita la autorización de ambos progenitores.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenas tardes Soraya.

Desconocemos en que términos consta este particular en el Convenio regulador o en la Sentencia de separación/divorcio. Si el padre ya residia en Sto. Domingo a la fecha de la Sentencia y este extremo consta en el procedimiento, probablemente este expresamente previsto.

Para la expedición de pasaporte de la menor se exige la autorización expresa de ambos progenitores. Si ya lo tiene, la forma de evitar problemas en la frontera es que el progenitor que viaje con el menor se acompañe de un documento que se tramita en la Guardia Civil o la Policia, donde consta la firma de ambos padres autorizando la salida.

De todos modos, la rigidez en cuanto a tal autorización es relativa, por cuanto ostentando la patria potestad, acreditándolo y demostrando que se halla en su periodo vacacional, es posible que no haya problema alguno para el viaje que Ud. plantea.

Cordiales saludos.

Carreño & Casado Abogados Abogado en Collado Villalba

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