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Buenas tardes Alba:
El convenio regulador lo redacta el abogado. Se puede hacer estando esa persona en el extranjero, pero tiene que acudir a ratificar el convenio cuando sea citado por el juez. Tiene además que apoderar al abogado y procurador, y tiene que firmar el convenio. Por lo menos, una vez tiene obligatoriamente que acudir.
Estamos a su disposición para la posible redacción. Un saludo.
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1 respuesta
Buenos días.
Efectivamente el convenio regulador se puede redactar, y enviárselo a la parte que se encuentra en el extranjero, para que lo revise y lo firme en todas sus páginas. Normalmente la ratificación en el Juzgado, deberá ser en persona. Pero existiendo causa justificada, podría realizarse por poder.
Quedo a su disposición para cualquier otra duda.
Un cordial saludo.
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