¿Se puede despedir a una mujer embarazada al comunicarlo?

Realizada por Cristina. 7 may 2014

Es una tienda. El mismo día de comunicarlo se le indica que va a cerrar, ya que la mujer embarazada es la persona que está en el negocio físicamente. Es en Madrid. Contrato desde hace más de 12 años.

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Los despidos de una embaraza derivan nulos y los órganos judiciales se encuentran en situación de apreciarlo. Respecto a la necesidad de cierre, faltan datos para hacer la valoración del caso concreto ¿cierre por causas económicas? ¿Cierre por ser la única empleada? Con los datos ofrecidos solo puedo indicar lo mismo que se ha expuesto por uno de los compañeros. En principio no es muy factible que prospere el despido.

Suárez & Núñez Abogados Abogado en Tarragona

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Cristina, no se le puede despedir, otra cuestión es que la empresa cierre.

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Buenas tardes Cristina. Para darte una respuesta más correcta, necesitaría conocer bien todos los detalles, tipo de contrato, comunicación de la empresa del cierre, y demás circunstancias que se den. Te lo digo porque los despidos a una embarazada pueden ser impugnados resultando nulos, pero hay que estudiar bien todos los detalles. Si quieres, ponte en contacto conmigo y le echamos un vistazo.
Un cordial saludo.
Cristina

Vela Abogados Abogado en Madrid

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