Hola, soy Juan y quisiera saber una cosa... estoy divorciado cinco años y en mi convenio pone que me tengo que llevar a mi hijo fin de semana si y fin de semana no, lo que pasa que mi exmujer dijo de sábado por la mañana hasta domingo por la tarde... y ella ahora quiere cambiar eso, ahora quiere que me lo lleve de viernes a domingo... ¿se puede cambiar eso? ¿Hay que hacer otro nuevo convenio? Lo digo porque yo no estoy de acuerdo en cambiarlo, ¿si está firmado puede cambiarlo ella y puede ser que un juez me lo cambie? Gracias y un saludo.
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Buenas tardes
De obligado cumplimiento es lo que pone la Sentencia que habrá recogido lo pactado en Convenio. Si existen circunstancias nuevas sustanciales puede modificarse cualquier aspecto del Convenio, bien por mutuo acuerdo, bien por vía contenciosa, en cuyo caso será el Juez/a quien decida. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición. Saludos.
Los convenios reguladores se pueden cambiar instando un procedimiento judicial de modificación de medidas. Este puede ser de mutuo acuerdo entre ambos progenitores o contencioso. En este caso, será el juez quien decida si se debe cambiar el convenio o no.
Saludos.
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Buenos días. Por supuesto que se puede cambiar lo dispuesto en el convenio. El procedimiento es el de modificación de medidas, el cual puede ser tramitado de común acuerdo o de forma contenciosa, en cuyo caso decidirá el juez.
Si tuviere cualquier cuestión no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Saludos
Lorena Abad
Lo acordado en convenio es de obligado cumplimiento, salvo acuerdo de los progenitores
Para cambiar un convenio ha de ser por consenso de ambos progenitores o si han cambiado las circunstancias de forma sustancial e involuntaria es el Juez el que lo variará.
Hay que estar a lo que estipule el convenio regulador.
Si por parte de su ex se dese hacer algún cambio, debería ella instar previamente un procedimiento judicial de modificación de medidas y convencer al juez de que ha habido cambios sustanciales y permanentes que deban motivar la adopción del cambio de la medida en cuestión.
Es decir, respondiendo a su pregunta: No, ella no puede cambiarlo por voluntad propia y, de querer si quiera intentarlo, debería instar un proceso.