Ropa en mal estado: comprar con cargo a gastos extraordinarios, ¿es posible?
Realizada por Javier. 16 abr 2013
En el caso de que la ropa que mi ex mujer me pone en la maleta de mis hijas esté en mal estado, como viene haciendo hace más de una año, ¿puedo comprarle ropa y descontarla de los gastos extraordinarios? Entiendo que de la pensión no puedo por ser algo fijado por sentencia.
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En primer lugar debería enviarle un burofax, poniendo en su conocimiento lo que está sucediendo. El gasto de la ropa es ordinario y se entiende que con la pensión de alimentos se incluye la atención del vestido (ropa) de los hijos.
No proceda a descuento alguno, pues se encontraría con un problema. Lo suyo es dejar constancia de ello por si fuera preciso ponerlo en conocimiento del juzgado para un cambio en la custodia o cualquier medida en torno a los hijos.
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1 respuesta
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Buenos días,
La ropa (o vestido) es un gasto ordinario de los hijos por lo que la madre está obligada a comprar la ropa que la niña necesite con el dinero de la pensión de alimentos que tú has de abonarle. Por lo que no sería correcto que descontases el importe de comprar ropa a tu hija de los gastos extraordinarios, pues estos los tenéis que soportar entre ambos progenitores y la ropa no se halla entre los mismos. Lo mejor es hablar con la madre para que entre en razón y compre ropa a la niña, en el caso de que ello no sea así, y consideres que la niña no está en las condiciones en las que debería estar, lo mejor es solicitar un cambio en las medidas fijadas por el juez y solicitar tú mismo la guarda y custodia de la niña. Suerte! Un saludo.
Jennifer Alarcón López. Abogada.