Retrasos de manutención

Realizada por miriam. 5 may 2014

Buenos días. Mi ex-marido desde que nos separamos ha ido pagando la pensión según le fuera. Hay meses que no ha pagado desde hace seis años, o lo más habitual es que me ingrese la mitad el día 10 de cada mes o la otra mitad cuando le parece. Tampoco ha pagado extras firmados bajo sentencia judicial así como las subidas del IPC. Yo pago los gastos de la hija en común del 1 al 5 de cada mes y tengo que hacer guardias y horas extras para poder pagar los recibos. Mi pregunta es, ¿puedo reclamar los últimos seis años? A nivel judicial, ¿qué importancia tiene el que yo gane más que él, dado que es evidente que gano más porque tengo que hacer horas para poder pagar los recibos que vienen? ¿Corro riesgo que de que solicite una revisión de la sentencia y que disminuyan su cuota? Gracias.

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Buenas tardes,
debería de interponer una ejecución de la sentencia de divorcio donde se estableció la pensión de alimentos, pudiendo reclamar las cantidades impagadas de los últimos cinco años.
La disminución de la pensión de alimentos no puede discutirse en el procedimiento de ejecución de sentencia, sino que debería iniciarse un procedimiento de modificación de medidas para poder modificar la misma.
Un cordial saludo.

Manrique De Lara Abogados Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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Para reclamar lo debido puede interponer Demanda ejecutiva: puede reclamar lo debido los últimos cinco años (3 últimos si vive en Catalunya), más los intereses. El Juzgado embargaría bienes del padre (nómina, cuentas corrientes, etc) Para ello precisa de abogado; somos un despacho de Barcelona expertos en Derecho de Familia. Quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Buenas tardes

No esperaba tanta ayuda. Han sido todos muy amables. Reciban un cordial saludo y mi más sincera gratificación por sus respuestas.

Gracias.

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Buenos días,
Usted podría reclamar las pensiones que nos le ha abonado correctamente los últimos 5 años, ya que prescriben a los 5 años, así como las actualizaciones de IPC.
Para ello es necesario presentar demanda de ejecución de sentencia con letrado y procurador tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento,
Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenos días Miriam,

Sólo podrás reclamar los último 5 años, pero las actualizaciones no prescriben, es decir, que te tendrá que pagar la pensión de los últimos 5 años pero actualizada (si lleva 6 años sin actualizar da igual, aquí no hay plazo de prescripción) a día de hoy.

Nosotros te recomendamos que acudas a un abogado para que te haga las cálculos exactos y una vez hechos interpongas una demanda ejecutiva y se le embargue el salario, cuentas bancarias etc.

Quedamos a tu disposición para lo que necesites,

Un saludo.

Anónimo-202310 Abogado en Alcalá de Henares

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Buenos días,

Sólo puede reclamar 5 años atrás, 3 en el caso de residir en Cataluña. Saludos,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Buenos días, debería hacer una recopilación de todos los meses impagados o pagados a medias para interponer una ejecución de sentencia para que le pague directamente o a través del embargo de sus bienes. Podrá reclamar la pensión de 5 años para atrás. Para modificar la cantidad de la pensión, tiene que haberse producido un cambio sustancial en las situaciones que se tuvieron en cuenta a la hora de dictarse Sentencia, por lo que si no han variado, no le modificarán la pensión. Esperamos haberle sido de ayuda.
Reciba un cordial saludo,

Díaz-Plata Abogados Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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Solo puedes reclamar retrasos de los últimos 5 años, el ipc se actualiza cada año y el tiene que pagar la pensión de alimentos actualizada. Tendrás que acudir a un abogado para que interponga una demanda de ejecución reclamando las cantidades atrasadas, en cuanto a la revisión de la pensión el podría pedir una revisión si es que en estos últimos años a bajado su nivel de ingresos si se lo conceden o no ya se vería,tu tendrías que oponerte a dicha medida y el juez valorar las circunstancias.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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Estimada Miriam,

Vd. puede reclamar las pensiones de alimentos debidos desde no hace más de 5 años, pues al pasar dicho periodo de tiempo éstas prescriben. Por lo que debe interponer acciones judiciales en cuanto antes.

En relación a la modificación de la sentencia para que le disminuyan la pensión de alimentos al padre ello deberá éste instarlo judicialmente siempre y cuando su poder económico haya variado a peor desde la sentencia de divorcio.

D' Cano Abogados Abogado en Murcia

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Puede reclamar todos los impagos totales o parciales de la pensión de alimentos correspondientes a los últimos cinco años.

De igual modo, puede reclamar las variaciones del IPC correspondientes a dicho periodo si constaba expresamente que la pensión de alimentos se actualizaba cada año.

Es indiferente la cuantía de su salario, ya que la pensión de alimentos se se estipuló en su día para contribuir a la alimentación de sus hijos.

Si han variado las circunstancias económicas que concurrieron en su día, su ex puede solicitar una modificación interesando la reducción de la pensión de alimentos que satisface.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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