Mi familia tiene una casa en la provincia de Orense, sita en un entorno protegido. La valla que delimita la finca está totalmente rota y caída, y como queremos repararla, pero está en zona protegida, se hizo una solicitud frente la Delegación Territorial de Orense de la Consejería de Cultura. El problema es que esa solicitud la hizo una persona ajena a la familia que vive en el pueblo, ya que nosotros no residimos allí, y en la solicitud puso como asunto "Sustitución del cerramiento existente por un enrejado" cosa que no es cierta (no sabemos de dónde se lo ha sacado). Nosotros lo único que queremos hacer es reparar la valla existente no sustituirla por ningún enrejado.
Que ha pasado, pues que evidentemente al estar protegida la zona, han denegado la solicitud, ya que no permiten sustituciones.
La resolución permite recurso de alzada, pero sinceramente, teniendo como asunto la sustitución, no creo que consigamos que la revoquen.
Mi pregunta es ¿se puede en el recurso de alzada cambiar el asunto? ¿Puede hacerse una nueva solicitud con un nuevo asunto, en caso de que no se pueda cambiar el asunto en el proceso ya abierto? ¿Cuál es la mejor opción, intentar el recurso de alzada o directamente hacer una nueva solicitud? En caso de que el recurso de alzada sea la mejor opción, ¿cuáles serían las alegaciones más adecuadas?
Agradecería cualquier información que me podáis indicar al respecto.
Muchas gracias de antemano.
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Buenos días Olga.
A priori parece ser que el recurso de alzada no es la mejor opción, si tal y como expones la solicitud no tiene que ver con lo que de verdad queréis hacer. No obstante, podéis intentar hacerlo y presentarlo cambiando la solicitud, no perdéis nada por intentarlo.
No obstante, lo normal es que hagáis otra solicitud bien hecha, con los pedimentos correctos.
Estamos a tu disposición para cualquiera de las dos opciones. Tenemos despacho en Vigo y trabajamos, también, de manera online.
Apreciada Olga,
Por los datos que nos indica, la resolución emitida por la Delegación Territorial de Orense pone fin a la vía administrativa. Con lo cual, si lo que se solicitó por parte del vecino no era exactamente lo que usted pretende, le aconsejo que no haga recurso alguno contra la mencionada resolución y vuelva usted a solicitar una nueva la autorización para reparar la valla, como si jamás hubiera existido la anterior.
Esta vez, pruebe de preparar usted mismo la petición y llevar la solicitud a la oficina de correos que tenga mas cercana y mediante el llamado “correo administrativo” (correspondencia con acuse de recibo para los destinados a las administraciones públicas) remítala a la Delegación Territorial.
Recuerde que en dicha solicitud deberán constar sus datos completos y dirección a efectos de notificaciones, luego se deberá exponer de forma clara los motivos de la petición y finalmente la solicitud de la autorización para reparar la valla, por ultimo que conste su firma conforme.
Espero haberle sido de ayuda.
Saludos cordiales,
No tiene sentido hacer el recurso, dado que en materia administrativa en vía de recurso lo único que se va analizar es si la Administración cumplió o no la ley al dictar la resolución recurrida.
Hagan una nueva solicitud pidiendo exactamente lo que Uds. quieren.