Resolución desestimatoria por solicitud mal hecha

Realizada por Olga. 10 feb 2014

Mi familia tiene una casa en la provincia de Orense, sita en un entorno protegido. La valla que delimita la finca está totalmente rota y caída, y como queremos repararla, pero está en zona protegida, se hizo una solicitud frente la Delegación Territorial de Orense de la Consejería de Cultura. El problema es que esa solicitud la hizo una persona ajena a la familia que vive en el pueblo, ya que nosotros no residimos allí, y en la solicitud puso como asunto "Sustitución del cerramiento existente por un enrejado" cosa que no es cierta (no sabemos de dónde se lo ha sacado). Nosotros lo único que queremos hacer es reparar la valla existente no sustituirla por ningún enrejado.

Que ha pasado, pues que evidentemente al estar protegida la zona, han denegado la solicitud, ya que no permiten sustituciones.

La resolución permite recurso de alzada, pero sinceramente, teniendo como asunto la sustitución, no creo que consigamos que la revoquen.

Mi pregunta es ¿se puede en el recurso de alzada cambiar el asunto? ¿Puede hacerse una nueva solicitud con un nuevo asunto, en caso de que no se pueda cambiar el asunto en el proceso ya abierto? ¿Cuál es la mejor opción, intentar el recurso de alzada o directamente hacer una nueva solicitud? En caso de que el recurso de alzada sea la mejor opción, ¿cuáles serían las alegaciones más adecuadas?

Agradecería cualquier información que me podáis indicar al respecto.

Muchas gracias de antemano.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días Olga.

A priori parece ser que el recurso de alzada no es la mejor opción, si tal y como expones la solicitud no tiene que ver con lo que de verdad queréis hacer. No obstante, podéis intentar hacerlo y presentarlo cambiando la solicitud, no perdéis nada por intentarlo.

No obstante, lo normal es que hagáis otra solicitud bien hecha, con los pedimentos correctos.

Estamos a tu disposición para cualquiera de las dos opciones. Tenemos despacho en Vigo y trabajamos, también, de manera online.

Recibe un cordial saludo.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

276 respuestas

524 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Apreciada Olga,
Por los datos que nos indica, la resolución emitida por la Delegación Territorial de Orense pone fin a la vía administrativa. Con lo cual, si lo que se solicitó por parte del vecino no era exactamente lo que usted pretende, le aconsejo que no haga recurso alguno contra la mencionada resolución y vuelva usted a solicitar una nueva la autorización para reparar la valla, como si jamás hubiera existido la anterior.
Esta vez, pruebe de preparar usted mismo la petición y llevar la solicitud a la oficina de correos que tenga mas cercana y mediante el llamado “correo administrativo” (correspondencia con acuse de recibo para los destinados a las administraciones públicas) remítala a la Delegación Territorial.
Recuerde que en dicha solicitud deberán constar sus datos completos y dirección a efectos de notificaciones, luego se deberá exponer de forma clara los motivos de la petición y finalmente la solicitud de la autorización para reparar la valla, por ultimo que conste su firma conforme.
Espero haberle sido de ayuda.
Saludos cordiales,

Urbegara Advocats I Tècnics Urbanistes Abogado en Terrassa

58 respuestas

63 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes Olga,

Si la solicitud está mal planteada interponer un recurso de alzada sobre la misma no es la mejor opción.

Lo mejor en tu caso es realizar una nueva solicitud pidiendo lo que realmente quieres.

Para cualquier duda que te pueda surgir estamos a tu entera disposición.

Atentamente,

ATA Abogados Abogado en Barcelona

61 respuestas

27 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes:

No tiene sentido hacer el recurso, dado que en materia administrativa en vía de recurso lo único que se va analizar es si la Administración cumplió o no la ley al dictar la resolución recurrida.

Hagan una nueva solicitud pidiendo exactamente lo que Uds. quieren.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1918 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas