Buenos días,
Estoy casada desde hace 24 años con mi marido. Los dos somos de Aragón y nos casamos en Aragón, sin especificar capitulaciones matrimoniales. Desde pequeños siempre hemos vivido en Catalunya.
¿Mi duda es si estamos casados en gananciales o separación de bienes?
Hace poco recibí una casa en herencia de mi padre. En la escritura esta solo a mi nombre. ¿ Es de los dos o al 100% mía?
Gracias de antemano
Sonia
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Con independencia de su régimen económico matrimonial, lo que haya recibido en herencia es siempre privativo. Eso sí, si el dinero que invierta para su conservación es común, los beneficios que ello pudiera producir también lo serán.
Pese a su lugar de origen, el régimen económico matrimonial lo constituye la vecindad civil. Si ustedes, desde siempre, han vivido en Cataluña y no han otorgado capitulaciones matrimoniales, tienen vecindad civil catalana y, por ello, régimen económico matrimonial de separación de bienes.
La herencia es suya completamente; decirle que aunque estuviera en bienes gananciales, que no es el caso, también sería así. Los bienes recibidos por herencia SIEMPRE son privativos.