Hola, he recibido sentencia sobre juicio verbal de una demanda de desahucio y reclamación de cantidades.
Condenan al demandado a pagar 700 € mas las cantidades que se produzcan hasta el lanzamiento, al desalojo de la vivienda en el plazo legal (sin poner fecha de lanzamiento). Mi consulta es si en los 20 días hábiles que le dan para recurrir en apelación, tiene que depositar las cantidades a las que ha sido demandado.
Gracias.
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El demandado dispone de veinte días hábiles para interponer un recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial.
Es requisito para la admisión del recurso que tenga abonadas las rentas a las que fue condenado en la Sentencia, así como las que hayan vencido.
En caso de no interponer recurso de apelación, se declarará firme la Sentencia y se dictará fecha para proceder al lanzamiento.
Buenos Días Antonio, le informamos que el demandado tiene plazo de 20 días para impugnar la sentencia en Apelación, y deberá tener abonadas las cantidades adeudadas. No obstante también puede pedir usted la ejecución provisional de la sentencia para que deposite las cantidades objeto de condena en la cuenta del Juzgado. Si desea que valoremos su caso con detalle, aunque entendemos que ya tiene letrado que le represente, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle!
buenos dias como ha indicado algun compañero es requisitos haber depositado las cantidades pendientes para presentar recurso.
Normalmente la fecha de lanzamiento aparece en al auto de admisión donde señala fecha para el juicio.
Saludos