¿Recurrir un caso de comunidad de propietarios con cuantía menor de 3000€?

Realizada por Juan I. Gorines Lóez. 12 nov 2012

¿Es posible el recurso de apelación en un procedimiento monitorio-verbal de comunidades de propietarios de cuantía menor de 3000€, tras la reforma de la LEc en 2011? Y ¿Recurso Extraordinario por Infracción Procesal o de Casación por interés casacional si no hay o no hubiera segunda instancia?

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entendemos que si al momento de interponerlo -solamente en este caso excepcional- tiene satisfecha o consignada la cantidad liquida a la que se le condena, puede recurrir. Art 449.4 LEC. La consignación de la cantidad no impedirá, en su caso, la ejecución provisional de la resolución dictada.
Un saludo.

Ignacio Esparza Romero (Etxebide Abogados) Abogado en Orcoyen

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