¿Reclamar daños por abandono?

Realizada por Mari. 23 abr 2014

Buenas. Me gustaría saber si puedo reclamar a mi padre biológico el haberme abandonado siendo un bebé y no haber recibido nada de él hasta la fecha. Tengo 25 años y hasta hace poco no me enteré de que quizás era posible. Llevo su apellido y tengo libro de familia. Gracias de antemano.

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Buenos días Mari.
La respuesta a su pregunta es, sí.
Usted tiene derecho a alimentos en el caso de que no tenga recursos.
Puede usted reclamar 5 años ya que los anteriores ha caducado el derecho.
Sera el juez quien ponderará, a la vista de su situación, si le corresponde tal derecho o no, y en caso de que si y en función de las circunstancias suyas y de su padre, cual es la cuantía.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarla mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenas tardes.

Su derecho a iniciar acciones legales para reclamar pensión de alimentos comenzó a sus 18 años, si bien es cierto antes le correspondía hacerlo a su madre o tutor legal que procediere. Así las cosas dicha pensión, o cuantía económica, está sujeta a caducidad, por lo que sólo podrá reclamar las cantidades que el juez considerase pertinentes hasta un máximo de cinco años atrás. Insisto que debe ser sopesado por el criterio del juez y en base a sus circunstancias personales.

Aspecto más discutido serán posibles consecuencias de daños morales, aspecto difícil de analizar sin conocer más que su breve exposición.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Actualmente vd. es mayor de edad, por lo que salvo que no sea independiente económicamente no tendría derecho a solicitar una pensión alimenticia a su favor.

Tendría derecho a reclamar una pensión de alimentos correspondiente a los últimos cinco años (si no era independiente económicamente).

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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