Mi hijo ha cumplido los 18 años, pero su padre que vive en el extranjero solo le ha pasado dinero durante estos últimos 10 meses. ¿Mi hijo le puede reclamar manutención con carácter retroactivo? No tengo todavía la demanda firme, está en proceso, enviada pero no admitida por el juez todavía.
¿Dónde puede consultar si la demanda es admitida o no? Tengo abogado de oficio, pero no me coge el teléfono, solo me habla por whatsapp.
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Buenas tardes, Ángela.
Le contestó a sus dudas. En primer lugar, he de informarle de que se pueden reclamar los últimos cinco años. En segundo lugar, yo pediría una cita en el despacho del Abogado para que le explique las dudas que tiene.
Quedando a su disposición, reciba un cordial saludo.
Sí puede reclamar los alimentos de los cinco últimos años, los anteriores habrían prescrito. En cuanto a la demanda, intente ponerse en contacto con su procurador y le informará si la demanda ha sido presentada y se ha sido turnada. En caso de que no pueda contactar con él póngase en contacto con el Decanato de los juzgados de su localidad.
En cualquier momento puede designar otro abogado si no está conforem con la actuación del que se le ha asignado en el turno de oficio pero sería conveninete que se pusiera en contacto con un abogado especializado que le asesore teniendo en cuante las paticularidad de su caso.
Por una parte, claro que puede pedir alimentos con caracter retroactivo por los cinco años atrás, el resto está prescrito.
Puede consultar en el Juzgado decano de su municipio o localidad los autos y el Juzgado donde su demanda ha recaido.
Si no esta contento y falta a su confianza la actuacion del abogado de oficio puede solicitar en el Colegio de Abogado el cambio de abogado.
Hola Angela
Los alimentos solo se pueden exigir desde la fecha de la interposición de la demanda.
No puedes reclamarlos con efectos retroactivos, incluso teniendo sentencia los alimentos prescriben y solo podrías reclamar los últimos cinco años, que no es tu caso porque dices que no tienes sentencia, estas aun en proceso.