Buenas tardes, a mi padre le van a despedir este mes. Lleva fijo 12 años en la empresa, le han dicho que le van a dar 13.000€ porque no le pueden dar más. ¿Es legal dar una cantidad cualquiera? ¿Podría recurrir una vez firmado? Gracias
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Hola Laura,
La indemnización por un despido objetivo, que parece el caso, debe ascender a 20 días de salario por año trabajado con un límite de 12 meses. Pero claro, lo que para la empresa es objetivo un juez puede considerarlo improcedente y a través de un procedimiento judicial tu padre obtendría una indemnización de 45+33 días de salario (más del doble).
En estos casos en que la empresa empieza así, suele obligar al trabajador a firmar un documento de extinción mutua de contrato, por lo que si lo firma, que se olvide.
Mi consejo: que espere a que le den la carta de despido, que firme la carta "no conforme" y que demande a la empresa (contratad un abogado especializado en derecho laboral). Hay 20 días hábiles.
PD: A efectos de claridad, el FOGASA paga la indemnización pero no cogiendo el salario real de tu padre sino como si cobrara 1.280 € al mes (lo de pagar una parte la empresa y otra el FOGASA se derogó hace años).
Buenos Dias Laura, le aconsejamos que no firme nada una vez recibida la carta de despido, y dentro del plazo de 20 dias impugne dicho despido y la cantidad a recibir ponga no conforme. Si desea que valoremos su caso y le representemos, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos, dado el plazo que tenemos para actuar.
En primer lugar, no es legal dar una cantidad cualquiera, es obligatorio dar lo que le corresponda por el tiempo trabajado en la empresa, en caso de que la empresa no tenga como hacer frente al pago se le reclamará la diferencia al FOGASA. Y en segundo lugar, podrá reclamar la diferencia de cantidad una vez firmado siempre y cuando bajo su firma ponga NO CONFORME.
Tu padre no ha de conformarse con lo que le den, el tiene derecho a cobrar lo que le pertoca y en caso de insolvencia de la mercantil, podrá cobrar la diferencia del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial).
Siempre podrá reclamar después de firmar, lo importante es que haga constar junto a su firma su disconformidad, mediante la rúbrica de NO CONFORME, PENDIENTE DE REVISAR.
EL plazo de caducidad para ejercer su acción es de tan solo 20 días hábiles, por lo que me permito ponerme a vuestra disposición para el asunto sin ningún coste inicial y cobrando solo un % sobre lo que le consigamos cobrar de más.
Atentamente,
Si su padre no esta conforme con lo que le ofrecen puede demandar por reclamación de cantidad y derechos, ante el juzgado de lo social, y el juez determinara la cantidad que le corresponde y en su caso si el despido es procedente, improcedente o nulo. Tiene un plazo de 20 días desde el despido.
Lo mas aconsejable es que contacte con un abogado y con toda la información le podrá asesorar mas adecuadamente.
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho si desea asesoramiento
Para saber si esa es la cantidad que legalmente le corresponde deberá contactar con nosotros y facilitarnos algunos datos que aquí no constan.
En otro orden de cosas, una vez le ofrezcan firmar ese finiquito, su padre podrá firmar la recepción pero incluir "no conforme", de esta manera salvar´mejor su derecho a reclamar aquello que pudiera faltar.
Es importante que contacte antes de hacer nada, pues la respuesta será más certera.
Un saludo.