Reclamación de preferentes por parte de los herederos

Realizada por Jennifer López Ruíz. 26 mar 2015

Hola. Quiero saber si puedo reclamar el dinero que invirtió mi padre en unas preferentes de Caja Madrid en 2010, siendo yo su heredera universal. Gracias

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Buenas tardes,

Si ya ha aceptado la herencia, sí que podrá reclamar como heredera de su padre.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros para un asesoramiento personalizado. Nuestro despacho es especialista en productos bancarios y tenemos un 100% de éxito en procedimientos de preferentes y subordinadas.

Un saludo,
Juan Vicente

Vicente & Matanza

Vicente & Matanza Abogado en Valladolid

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Sí, si consta aceptada la herencia. Sólo con eso y con el resto de la documentación de su padre, podría actuar como si fuera él. Otra cosa es el probar a través de los documentos que su padre no sabía lo que firmaba

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Necesitaríamos ver la documentación para poder atenderle correctamente.

Quedamos a su disposición.

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Buenos días le informamos que usted si ha aceptado ya la herencia de su padre, tiene usted como heredera universal a reclamar las participaciones preferentes de su padre. Si desea que valoremos si caso, en Grech Abogados somos especialistas en Derecho Bancario con amplia experiencia en preferentes, clips bankinter, cláusulas suelo, irs, permutas financieras. La primera consulta es gratuita. Venga a vernos, estaremos encantados de atenderle.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos dias Jennifer,
Siendo la heredera de tu padre puedes sucederle en todos sus derechos y obligaciones, habría que estudiar el caso por las particularidades que pueda tener, sobre todo en relación con el tiempo transcurrido.
Quedo a tu disposición para cualquier consulta.
Un saludo.


Teresa de las Heras.

Teresa de las Heras Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días:

Puedes ejercitar la acción a través de la sucesión procesal. Tendrás que haber aceptado la herencia. Ten cuidado porque pudieras tener problema con la caducidad de la acción ( en unos casos serán cuatro años desde que te percatas del error, en otros casos no caduca nunca). También puedes tener algún problema de prueba ya que quien contrató ha fallecido pero no tienen por que ser insalvables.


Un saludo.

José Garriga Abogados Abogado en Vigo

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