Recibo del IBI a cargo del arrendatario

Realizada por C. Jiménez López. 31 mar 2015

Hola. En 2007 concreté un alquiler con una empresa que después vendió la vivienda a otra empresa privada, que nos respeto el contrato.


Sin embargo, el mes pasado esta nueva empresa nos ha reclamado el IBI y el impuesto de basuras ¿Estoy obligado a pagarlo? Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas Tardes, le informamos que la obligación del pago del IBI corresponde al arrendador. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos. La 1 consulta es gratuita!!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,

En principio, el pago del IBI corresponde al arrendador no obstante, habrá que estar a lo pactado por las partes en el contrato

Somos especialistas en arrendamientos, quedamos a su disposición para concertar una cita

Arboleya Fanjul Abogados

Arboleyafanjul Abogados Abogado en Madrid

155 respuestas

73 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Depende de las condiciones establecidas en el contrato de alquiler. Igualmente decirle que si puede acreditar el arrendamiento durante esos años, deben respetarle el contrato aunque la propiedad haya cambiado de manos.

En principio la obligación legal del pago del IBI corresponde al propietario , salvo pacto en contrario.

Saludos.

Luiuris Abogados Abogado en Valencia

433 respuestas

266 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,

Para poder responder a su pregunta con exactitud, necesitaría revisar el contrato de alquiler, puesto que los gastos de la vivienda, pueden pactarse quien se hará cargo.

Por norma general, los gastos de suministro corren a cargo del arrendatario, en este caso Ud. y los gastos inherentes a la vivienda como es el IBI, corren a cargo del propietario de la misma, pero es totalmente lícito que pueda pactarse lo contrario, por lo que es necesario revisar el contrato.


Desde nuestro despacho le asesoramos sin compromiso alguno. No dude en ponerse en contacto con nosotros.


Un saludo.

_____________________________________________________________________

ICEA ABOGADOS

Isabel Campello Ares Abogado en Vilalba

17 respuestas

11 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas