Reagrupar a mi esposa

Realizada por Jorge Valenzuela. 17 oct 2016 Abogados de inmigración

Hola, soy ecuatoriano con tarjeta de residencia permanente en régimen comunitario. Quiero reagrupar a mi esposa pero no sé cómo hacerlo, si en régimen general o como comunitario, ya que aún no tengo la nacionalidad española porque está en trámite.

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Buenas tardes Jorge,

Decirte que para poder ejercer el derecho a la reagrupación familiar, tienes que cumplir unos determinados requisitos que establece la ley, como por ejemplo, acreditar que dispone de vivienda adecuada y de medios económicos suficientes. Cuando solicites la autorización de residencia para la reagrupación de su eposa deberá adjuntar en el momento de presentar la solicitud de dicha autorización la documentación que acredite que se cuenta con medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
Para probarlo, podrás aportar la siguiente documentación:
- contrato de trabajo
- declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año anterior.

Resumidamente, decirte que el expediente debe iniciarse en España mediante la solicitud de autorización de residencia temporal por razones de reagrupación familiar ante el Delegado o Subdelegado del Gobierno de la localidad donde residas.

Si quieres, mándame un correo para explicarte más cosas en cuanto a los documentos a aportar en el procedimiento.

Me pongo a tu disposición para cualquier aclaración al respecto y aprovecho la ocasión para enviarte un cordial saludo.

Atentamente,
Anamaria Cristina, Griga
Abogada
Valls (Tarragona)

Cristina Griga Abogado en Valls

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Buenos días Jorge,

En principio, los casos de reagrupación familiar varían mucho de unos casos a otros por los requisitos que piden, y en este caso, el régimen general y comunitario presentan diferencias considerables, ponte en contcato con LaBE abogados y nuestros expertos en temas de extranjeria podran ayudarte.

Un saludo.

LaBE Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Jorge, soy la abogada Danitza Pérez Morales.

Te comento al tener tubuna tarjeta del régimen comunitario a tu esposa le corresponde la misma. Siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Espero haber solucionado tu duda. No obstante si quieres necesitas más información puedes ponerte en contacto conmigo.

Un saludo,

Danitza Pérez Morales

Danitza Pérez Morales Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Hola Jorge,
Los casos de extranjería varían mucho de uno a otro, dependen de muchos factores. Cuanta más información tenga su abogado, mejor y más rápidamente podrá traer a su esposa.
En mi despacho disponemos de un departamento especializado en extranjería en el cual podremos asesorarle correctamente de los pasos a seguir. Contacte con nosotros para poder estudiar su caso con detenimiento.
Gracias y un Saludo
Noelia Vilariño

ABOGADOS BADALONA Abogado en Badalona

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Buenos días Jorge, en respuesta a su pregunta lo mejor es que me contacte para poder orientarle y así asesorarle para traer a su esposa. Quedo a su disposición.
Un saludo. Ignacio Jiménez

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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