Quiero quedarme a vivir en España. Soy de Venezuela

Realizada por Daniel. 16 mar 2016 Abogados de inmigración

¡Hola! Mi caso es el siguiente: soy de Venezuela y estoy actualmente en condición de turista (permiso por 90 días). En vista de la situación de inseguridad que se vive en mi país actualmente me da temor regresar.

¿Existen posibilidades de que pueda quedarme y estar legal en España? Mi hermana y su esposo poseen residencia, contrato de trabajo y están completamente legales en España. Tengo 25 años. Gracias de antemano

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Buenos días Daniel,

Si deseas residir en España, deberás saber que existen diferentes tipos de visados que puedes solicitar. En concreto, los dos visados que pudieran ajustarse a tu situación serian:

A) Visado de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia: para quienes pretendan realizar en España una actividad laboral por cuenta ajena o por cuenta propia.
B) Visados de residencia no lucrativa: para aquellos que desean trasladar su residencia a España sin realizar allí una actividad económica.

En el primer caso, si deseas residir en España realizando una actividad laboral, necesitas obtener una autorización de residencia y trabajo.
Existen diferentes tipos de autorización, según sea el trabajo (por cuenta ajena o por cuenta propia), o si es la primera vez que la solicitas.

Si pretendes trabajar por cuenta ajena (contratado por un empleador), el empleador deberá solicitar una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en la Oficina de Extranjeros correspondiente a la provincia donde tenga fijado su domicilio o dónde se vaya a realizar la actividad laboral. Puedes descargar los modelos oficiales de solicitud en www.meyss.es , sabiendo que:
a) Deberá ser solicitada personalmente por el empleador o, en el caso de empresas, por el representante legal empresarial.
b) No podrás encontrarte en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
c) La solicitud podrá limitarse a una ocupación y ámbito geográfico concreto.
d) Su validez será de un año y podrá ser renovada.

No obstante, para un mejor asesoramiento le recomendaría contactase con nosotros, porque conociendo más en profundidad su caso podríamos establecer mejor los pasos a seguir.
Un cordial saludo, estamos a su disposición.

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Buenas tardes Daniel,
En España hay múltiples opciones para residir en España, lo que debes saber es cuales opciones, requisitos, documentos y procedimiento a seguir, todo dependerá de tus circunstancias personales, económicas, sociales y laborales. Para darte una respuesta efectiva te recomiendo ASESÓRATE CON UN ABOGADO SALDRÁS GANANDO... en una asesoría personalizada que te asesore para encontrar la mejor solución para ti, ya tienes respuesta por aquí de muchos compañeros abogados, pide referencia de a quien te recomiendan, la CONFIANZA es lo más importante entre cliente y abogado; busca a quien te inspire confianza y te garantice seguridad jurídica que si encuentran una solución te firme que estará contigo hasta obtener la resolución feliz sin añadir más coste que tu presupuesto inicial, cierto y fijo. Llámanos nosotros te garantizamos por escrito nuestro trabajo. Saludos cordiales: Sonia Rosales

Habeas Legal Company Abogado en Barcelona

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Buenas tardes, para poder darle una solución, debería contactar conmigo, necesito saber cuando vencen los 90 días de la carta de invitación, y conocer más datos sobre su estado, así como pedirle documentacion acerca de sus familiares, para ver la posibilidad de tramitarle un permiso.
Quedo en espera de sus noticias.
Un saludo

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenas tardes, para poder darle una solución, necesito que contacte conmigo, para saber cuando vence su carta de invitacion, su situacion económica y personal, así como los datos de sus familiares, para ver la posibilidad de tramitarle un permiso para permanecer en España.
Quedo a su disposición.
saludos

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenos días Daniel,

Si deseas residir en España, deberás saber que existen diferentes tipos de visados que puedes solicitar. En concreto, los dos visados que pudieran ajustarse a tu situación serian:

A) Visado de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia: para quienes pretendan realizar en España una actividad laboral por cuenta ajena o por cuenta propia.
B) Visados de residencia no lucrativa: para aquellos que desean trasladar su residencia a España sin realizar allí una actividad económica.

En el primer caso, si deseas residir en España realizando una actividad laboral, necesitas obtener una autorización de residencia y trabajo.
Existen diferentes tipos de autorización, según sea el trabajo (por cuenta ajena o por cuenta propia), o si es la primera vez que la solicitas.

Si pretendes trabajar por cuenta ajena (contratado por un empleador), el empleador deberá solicitar una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en la Oficina de Extranjeros correspondiente a la provincia donde tenga fijado su domicilio o dónde se vaya a realizar la actividad laboral.
a) Deberá ser solicitada personalmente por el empleador o, en el caso de empresas, por el representante legal empresarial.
b) No podrás encontrarte en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
c) La solicitud podrá limitarse a una ocupación y ámbito geográfico concreto.
d) Su validez será de 1 año y podrá ser renovada.

No obstante, para un mejor asesoramiento le recomendaría contactase con nosotros, porque conociendo más en profundidad su caso podríamos establecer mejor los pasos a seguir.
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Ha de solicitar el permiso de residencia, un NIE con ello podrá alargar su estancia en el país.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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