Quiero cacelar la pensión alimenticia de mi hija mayor de edad

Realizada por mitzi duran. 14 sep 2012

Mi hija tiene 19 años, vive con su madre y ya tiene un niño de 2 años. Ella sigue estudiando.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Tengo hija mayor de 18 años y está en la Universidad, ¿hasta qué edad debo seguir pagando pensión?

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Y lo que la queda, seguirá matriculada en cualquier colegio (que no es lo mismo que estudiar) y así se garantizará que tu tengas que seguir pagando más o menos hasta los 25 o 26. Ánimo, te faltan solo 6 años. Así va esta justicia.

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,
Para dejar de pasarle la pensión de alimentos a su hija, debe presentar una demanda de modificación de medidas. Para ello es necesario que contrate a un abogado y procurador. Reciba un cordial saludo.

Teresa Rodríguez Magdaleno, Abogada Abogado en Avilés

217 respuestas

271 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,
Para cancelar la pensión de alimentos, tiene que presentar una demanda modificando las medidas acordadas en su día y el Juzgado, determinará si efectivamente su hija ya no tiene derecho a percibir la misma.

Un saludo

Ana Pérez Pérez- Gabinete Jurídico Abogado en Huércal-Overa

104 respuestas

73 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

El hecho de que su hija haya alcanzado la mayoría de edad no implica que no tenga usted que pasarle la pensión alimenticia. Existe una marcada corriente jurisprudencial que habla de la obligación de hacerlo hasta que el hijo alcance, aproximadamente, unos 25 o 26 años, circunstancia que se vería modificada, posiblemente, en el caso de que su hija no estuviese estudiando, caso que no concurre.

ERCILLA ABOGADOS Abogado en Bilbao

181 respuestas

328 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Aunque sea mayor de edad y madre, si continúa estudiando y no trabaja debe seguir abonando la pensión de alimentos. En caso de que trabaje, puede solicitar una modificación de medidas y pedir que se cancele la obligación de pago o que se limite en el tiempo.
Reciba un cordial saludo

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

244 respuestas

285 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado Sr.,
Para poder prestarle un correcto asesoramiento necesitaríamos entrevistarnos con Vd. para ver la documentación y estudiar todas las circunstancias. Quedamos a su disposición en nuestro despacho rogándole nos solicite entrevista.

Atentamente,
Elejabeitia Abogados

Elejabeitia Abogados Abogado en San Bartolomé de Tirajana

164 respuestas

144 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Si su hija sigue estudiando no podrá cancelar la pensión.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

1041 respuestas

555 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Si su hija ya es mayor de edad, y tiene un hijo propio, evidentemente podrá sin perjuicio de los alimentos entre parientes pero en este caso será su hija la que deberá mantenerse ella y a su propio hijo. Para este proceso de modificación de medidas precisa Ud. De abogado y procurador, mientras podrá seguirle reclamando ( hasta que no lo modifique un juez). Quedamos a su disposición

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

739 respuestas

521 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Con los datos que nos das no parece viable que puedas solicitar que se te retire la obligación de pago de la pensión de alimentos, ya que como dices tu hija sigue estudiando por lo que entiendo que no trabaja o almenos no gana lo suficiente para ser independiente económicamente.

No obstante, habría que ver cual era su situación económica en el momento en que se le acordó la pensión que iba a pasarle, tanto suya como la de su hija y madre de su hija y de existir una variación sustancial, tal vez pueda solicitar una modificación de medidas para reducir la cantidad.

Sin más datos no es posible concretar más la respuesta. Espero que le haya sido de ayuda.

Esther González Medina Abogado en Valencia

45 respuestas

70 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas