Quiero cacelar la pensión alimenticia de mi hija mayor de edad
Mi hija tiene 19 años, vive con su madre y ya tiene un niño de 2 años. Ella sigue estudiando.
Mi hija tiene 19 años, vive con su madre y ya tiene un niño de 2 años. Ella sigue estudiando.
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Tengo hija mayor de 18 años y está en la Universidad, ¿hasta qué edad debo seguir pagando pensión?
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Y lo que la queda, seguirá matriculada en cualquier colegio (que no es lo mismo que estudiar) y así se garantizará que tu tengas que seguir pagando más o menos hasta los 25 o 26. Ánimo, te faltan solo 6 años. Así va esta justicia.
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Buenos días,
Para dejar de pasarle la pensión de alimentos a su hija, debe presentar una demanda de modificación de medidas. Para ello es necesario que contrate a un abogado y procurador. Reciba un cordial saludo.
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Buenos días,
Para cancelar la pensión de alimentos, tiene que presentar una demanda modificando las medidas acordadas en su día y el Juzgado, determinará si efectivamente su hija ya no tiene derecho a percibir la misma.
Un saludo
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El hecho de que su hija haya alcanzado la mayoría de edad no implica que no tenga usted que pasarle la pensión alimenticia. Existe una marcada corriente jurisprudencial que habla de la obligación de hacerlo hasta que el hijo alcance, aproximadamente, unos 25 o 26 años, circunstancia que se vería modificada, posiblemente, en el caso de que su hija no estuviese estudiando, caso que no concurre.
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Aunque sea mayor de edad y madre, si continúa estudiando y no trabaja debe seguir abonando la pensión de alimentos. En caso de que trabaje, puede solicitar una modificación de medidas y pedir que se cancele la obligación de pago o que se limite en el tiempo.
Reciba un cordial saludo
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Estimado Sr.,
Para poder prestarle un correcto asesoramiento necesitaríamos entrevistarnos con Vd. para ver la documentación y estudiar todas las circunstancias. Quedamos a su disposición en nuestro despacho rogándole nos solicite entrevista.
Atentamente,
Elejabeitia Abogados
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Si su hija sigue estudiando no podrá cancelar la pensión.
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Si su hija ya es mayor de edad, y tiene un hijo propio, evidentemente podrá sin perjuicio de los alimentos entre parientes pero en este caso será su hija la que deberá mantenerse ella y a su propio hijo. Para este proceso de modificación de medidas precisa Ud. De abogado y procurador, mientras podrá seguirle reclamando ( hasta que no lo modifique un juez). Quedamos a su disposición
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Con los datos que nos das no parece viable que puedas solicitar que se te retire la obligación de pago de la pensión de alimentos, ya que como dices tu hija sigue estudiando por lo que entiendo que no trabaja o almenos no gana lo suficiente para ser independiente económicamente.
No obstante, habría que ver cual era su situación económica en el momento en que se le acordó la pensión que iba a pasarle, tanto suya como la de su hija y madre de su hija y de existir una variación sustancial, tal vez pueda solicitar una modificación de medidas para reducir la cantidad.
Sin más datos no es posible concretar más la respuesta. Espero que le haya sido de ayuda.
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